Ley de Igualdad a examen: El reto del 40%

AutorReyes Hernández
CargoAbogado López Acosta, Rivero & Gustafson

La Ley de Igualdad recoge la obligación de que las mujeres constituyan al menos el 40% de las candidaturas electorales y de los consejos de administración de las grandes empresas. Se trata, sin duda, de dos medidas muy ambiciosas y por esta razón, opino que debemos ser muy cuidadosos a la hora de dar una valoración plenamente positiva o negativa.

Ambos supuestos persiguen la consagración de la presencia equilibrada entre hombres y mujeres tanto en las candidaturas electorales como en el seno de los Consejos de Administración de las grandes empresas, ya que en España actualmente las mujeres ocupan el 3,84% de los asientos en los consejos de administración de las empresas que cotizan en Bolsa (ocupando el 3,9% en aquéllas que cotizan en el IBEX 35).

Sin embargo, esta regulación, a pesar de que en la Exposición de Motivos de la Ley se establezca la prevalencia del talento y el rendimiento profesional en la incorporación de Consejeros, sin que el sexo constituya un obstáculo como factor de elección, puede dar lugar a verdaderas composiciones "de bulto", de manera que las empresas terminen designando a mujeres para desempeñar las funciones del Consejo de Administración por el simple hecho de ser mujer, al margen del mérito o capacidad real que tenga la aspirante a Consejero. Así, flaco favor se estaría haciendo a aquéllas mujeres que con su trabajo, esfuerzo y sacrificio han luchado y luchan por asegurarse un puesto de responsabilidad en los órganos directivos de las empresas. Por otra parte, no debemos desdeñar el peligro que entraña de llegar a una discriminación a la inversa en el momento en que caduque el mandato de un Consejero, pues puede darse el caso de que un Consejero de sexo masculino no sea reelegido como miembro del Consejo de Administración por el simple hecho de ser hombre, a pesar de su capacidad demostrada para ejercer el cargo.

En el caso de los Consejos de Administración, la medida es voluntaria, pues el artículo 75 tan sólo establece que las sociedades "procurarán" incluir en su Consejo de administración un número de mujeres que permita alcanzar una presencia equilibrada en el plazo de 8 años tras la entrada en vigor de la Ley. Para fomentar la adopción de la misma se establece una incentivación automática a través de los contratos públicos y el otorgamiento de subvenciones...

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