SAP Ciudad Real 51/2005, 6 de Mayo de 2005
Ponente | ALFONSO MORENO CARDOSO |
ECLI | ES:APCR:2005:282 |
Número de Recurso | 46/2005 |
Número de Resolución | 51/2005 |
Fecha de Resolución | 6 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CIUDAD REAL
SENTENCIA: 00051/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CIUDAD REAL
Sección nº 001
Rollo de Apelación: 0000046 /2005
Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 3 de CIUDAD REAL Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 0000010 /2005 S E N T E N C I A Nº 51
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. JOSÉ MARÍA TORRES FERNÁNDEZ DE SEVILLA Magistrados:
D. LUIS CASERO LINARES
Dª MARÍA PILAR ASTRAY CHACÓN
D. ALFONSO MORENO CARDOSO
CIUDAD REAL, a seis e mayo de dos mil cinco.
VISTO ante esta Sala, de la Sección Primera de la Audiencia Provincial, el presente recurso de apelación interpuesto contra la sentencia nº 68/05 de once de febrero de dos mil cinco dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 3 de Ciudad Real, en el Procedimiento Abreviado número 10/05, seguido por Lesiones, contra la acusada recurrente Leonor representada por el Procurador SRA. ADRADOS TORRES y dirigido por el
Letrado PABLO FERNÁNDEZ MEDINA, siendo como parte apelada el Ministerio Fiscal, actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ALFONSO MORENO CARDOSO.
En la indicada sentencia se dictó el pronunciamiento que copiado literalmente es como sigue: "FALLO: Que debo condenar y condeno a la acusada Leonor, como autora responsable de un delito de lesiones del art. 147.2 del Código Penal, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de MULTA DE TRES MESES con cuota diaria de seis euros con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas y costas. La acusada indemnizara a Bruno en la cantidad de 750 euros por las lesiones y 670 euros por la secuela mas los intereses legales del articulo 576 de la LEC ."
El recurso se interpuso por la representación de la acusada, contra la sentencia de fecha 11-2-05, con fundamento que expresa en el escrito en que se deduce el mismo.
Admitido el recurso en ambos efectos, fueron las actuaciones originales remitidas a este Tribunal en donde se ha sustanciado el recurso como la Ley previene.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales. H E CH O S P R O B A D O S
UNICO.- Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia de instancia
La apelante, y condenada en la instancia, centra su recurso con base en supuesto error en la valoración de la prueba; para ello, ofrece su interpretación de los hechos de forma que choca con la observada por la Juez "a quo" y que se...
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