Resolución de 22 de diciembre de 2004, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueba la convocatoria de Lectorados MAEC-AECI en Universidades extranjeras para 2005/2006.
Marginal | BOE-A-2005-1228 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Asuntos Exteriores |
Rango de Ley | Resolución |
RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2004, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueba la convocatoria de Lectorados MAECAECI en Universidades extranjeras para 2005/2006.
La actividad que desarrolla este Organismo en el marco de su política de cooperación académica internacional, y los compromisos adquiridos con Universidades extranjeras para su fortalecimiento académico-institucional en programas de formación y difusión de las lenguas y la cultura españolas, constituyen un instrumento esencial de la cooperación de España con los países receptores de ayuda oficial al desarrollo, al igual que un aspecto destacado de sus relaciones culturales con el resto del mundo, que se articula con especial eficacia mediante el programa de ayudas para Lectorados MAEC-AECI de español.
La presente convocatoria se regirá por las normas específicas contenidas en esta Resolución y en sus correspondientes bases y, asimismo, se ajustará a lo dispuesto en:
La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE 14.12.99).
La Ley 23/1998 de 7 de julio de Cooperación Internacional para el Desarrollo (BOE 08.07.98).
La Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27.11.92) en su redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (BOE 14.01.99).
La Ley 38/2003 de 17 de noviembre (BOE 18.11.03) General de Subvenciones en lo relativo a su Disposición Transitoria Segunda.
El Real Decreto 1416/2004 de 11 de junio, por el que se modifica y desarrolla la estructura básica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (BOE 12.06.04).
El Real Decreto 562/2004 de 19 de abril por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (BOE 20.04.04).
El Real Decreto 3424/2000 de 15 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional (BOE del 16).
La Orden de 26 de marzo de 1992 (BOE de 10 de abril), modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 (BOE de 3 de febrero), en la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes y estancia de la AECI.
Plan Director de la Cooperación Española y la Estrategia de la Cooperación Española en Educación vigentes.
En virtud de ello, la Presidencia de la AECI dispone la convocatoria de Lectorados MAEC-AECI en Universidades extranjeras de español para el curso 2005/2006 que se relacionan en el Anexo, en régimen de concurrencia competitiva y según los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, la cual debe ser difundida con la necesaria publicidad, y publicada en el Boletín Oficial del Estado, así como en los tablones de anuncios de las Embajadas, Consulados y Oficinas Técnicas de Cooperación de España en el exterior, con cargo a las aplicaciones presupuestarias de cooperación al desarrollo 12.103.143A.486.03 y de cooperación, promoción y difusión cultural en el exterior 12.103.144A.481.01 por un importe máximo de 1.274.409 y 103.800 respectivamente en el año 2005 y de 2.055.529 y 239.452 respectivamente en el año 2006, estando su concesión condicionada a la existencia de crédito suficiente y adecuado durante ambos años, de acuerdo con las siguientes bases:
Primera. Requisitos.
Solicitantes de lectorado nuevo:
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Nacionalidad española.
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Licenciado o doctor por una Universidad española en: Filología,
Lenguas Aplicadas, Lingüística, Teoría de la Literatura, Traducción e Interpretación o Humanidades.
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Formación específica en la didáctica del español.
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Experiencia docente del idioma español, y/o de literatura en español.
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Conocimientos del idioma oficial del país solicitado, o de otro habitualmente aceptado en él como de comunicación universitaria.
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Estar al corriente, en su caso, de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social españolas.
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No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica, que sea incompatible con el desarrollo de la actividad objeto de la ayuda.
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Edad, no superior a los 35 años a la fecha de incorporación al lectorado.
Solicitantes de renovación de lectorado:
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Ostentar la condición de lector MAEC-AECI por un período consecutivo inferior a tres cursos académicos.
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Presentar la conformidad de la Universidad de destino e informe positivo sobre la labor desempeñada en la misma.
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Presentar el informe positivo de la Embajada de España en el país de destino del lector sobre la colaboración prestada con los servicios culturales de la misma.
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Estar al corriente, en su caso, de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social españolas.
Segunda. Presentación de las solicitudes y plazo.Las solicitudes de lectorado nuevo o de renovación se presentarán por los peticionarios en el formulario conformado en www.aeci.es/lectoresmae, de forma completa y verídica, quedando ulterior y automáticamente eliminados aquellos solicitantes que aleguen datos que se demuestren no contrastables o falsos.
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, finalizando:
Para lectorados nuevos: a los 25 días hábiles.
Para lectorados de renovación: 15 días hábiles, excepto los que empiezan en enero de 2006, cuyo plazo será del 1 al 15 de junio de 2005.
Cada solicitante podrá indicar su preferencia por una Universidad de las relacionadas en el Anexo, para las que concursará en régimen de concurrencia competitiva. Los solicitantes podrán ser propuestos para otras plazas en Universidades distintas de la escogida, entre las ofertadas en la presente convocatoria, si así han indicado su disponibilidad.
Una vez finalizado dicho plazo, si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Si transcurrido ese plazo no lo hiciere, se le tendrá por desistido en su solicitud.
Tercera. Dotación.
-
Ayuda mensual según la relación del Anexo por país y Universidad de destino que se adjunta en el Anexo, que se hará efectiva a principios de cada mes mediante transferencia bancaria en España.
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Ayuda de viaje de incorporación de acuerdo con el país de destino en el Anexo. El pago se hará efectivo por transferencia bancaria y su justificación remitiendo a la SDG BLI documento probatorio de haber realizado dicho viaje.
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Seguro de asistencia médica y accidentes durante el período de vigencia de la ayuda, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la ayuda, de acuerdo con las condiciones incluidas en el contrato con la compañía correspondiente.
-
Material didáctico para el desarrollo de las funciones del lectorado, únicamente para los países con los que exista cooperación al desarrollo, con cargo al crédito 12.103.143A.486.03 para el año 2005. Para lectorados de nueva creación (señalados con * en el Anexo) se entregará material por un coste máximo de 1.000 , y para lectorados de renovación, con el fin de completar el material inicial o reparar el deteriorado, por un importe máximo de 500 .
Se aplicarán las retenciones legalmente establecidas a las dotaciones anteriores que procedan.
Cuarta. Evaluación de las solicitudes y propuesta de concesión de los lectorados.El órgano administrativo competente para la instrucción delprocedimiento, evaluación y propuesta de concesión es la Comisión de evaluación de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas de la AECI.
La Comisión de evaluación seleccionará las solicitudes de un lectorado nuevo en base a los siguientes criterios:
Expediente académico y currículum.
Formación específica para la docencia del español.
Experiencia docente del idioma español.
Conocimientos del idioma del país de destino o el de comunicación.
Interés del proyecto docente a desarrollar para la o las Universidades solicitadas y motivación de la solicitud de la o las plazas.
En igualdad de evaluación, tendrán prioridad los candidatos que no hayan sido beneficiarios de ayudas para lectores MAEC-AECI.
Adecuación de los criterios anteriores al perfil fijado por la autoridad de la Universidad solicitada.
La Comisión de evaluación seleccionará las solicitudes de un lectorado de renovación en base a los siguientes criterios:
Informe del candidato de las actividades realizadas durante el curso.
Informe del Director del Departamento Universitario.
Informe de la Embajada de España en el país de destino del lector.
La selección final y propuesta de concesión de las ayudas nuevas y de renovación se realizará por la Comisión de evaluación nombrada por la Presidencia de la AECI, presidida por el Director General de Relaciones Culturales y Científicas, y compuesta por un mínimo de 4 vocales.
La Comisión de evaluación adoptará sus acuerdos por mayoría, siendo voto de calidad el del Presidente. En caso de ausencia de éste, ejercerá sus funciones el Vicepresidente, y en su defecto, el miembro de mayor jerarquía, antigüedad o edad. La Comisión se regirá por lo establecido en los artículos 22 a 28 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
En el proceso de selección, la Comisión de evaluación, podrá contar con el asesoramiento externo de expertos de la Universidad española y realizar entrevistas personales a los candidatos.
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