SAP Barcelona 193/2007, 12 de Abril de 2007
Ponente | BLAS ALBERTO GONZALEZ NAVARRO |
ECLI | ES:APB:2007:8375 |
Número de Recurso | 476/2006 |
Número de Resolución | 193/2007 |
Fecha de Resolución | 12 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCION DECIMOQUINTA
ROLLO nº 476/2006 - 2ª
ANULACION DE LAUDO ARBITRAL 1225/2005
TRIBUNAL ARBITRAL DE BARCELONA
S E N T E N C I A num.
Ilmos. Sres. Magistrados
D. LUIS GARRIDO ESPA
D. BLAS ALBERTO GONZALEZ NAVARRO
Dña. ELENA BOET SERRA
En la ciudad de Barcelona, a doce de abril de dos mil siete.
Vistos ante la Sección 15ª de esta Audiencia Provincial los presentes autos de anulación del laudo arbitral dictado en el exp. nº 1225/05 con fecha 27 de marzo de 2006 y aclarado con fecha 29 de mayo por el Tribunal Arbitral de Barcelona, a instancia de la mercantil EL MAÓ D'OR S.L, representada por el Procurador D. Ricard Simó Pascual y defendida por la Letrada Dña. Sonia Solera Royuela, contra VICTORIO & LLORENS ASOCIADOS S.L, representada por el Procurador D. Jaime Gassó i Espina y defendida por la Letrada Dña. Ana Mª Folch Segú.
Dictado laudo arbitral por el Tribunal Arbitral de Barcelona con fecha 27 de marzo de 2006 y aclarado con fecha 29 de mayo, se interpuso recurso de anulación contra el mismo por la reclamante, mediante escrito del que se dio traslado a la otra parte, que contestó oponiéndose a la anulación, tras lo cual, admitida la prueba propuesta por los reclamantes que se estimó pertinente, se señaló la vista para el día 28 de marzo de 2007.
En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales, salvo los plazos procesales, que no han podido ser atendidos todos.
Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. BLAS ALBERTO GONZALEZ NAVARRO.
La mercantil EL MAÓ D'OR S.L pretende la anulación del laudo dictado por el Tribunal Arbitral de Barcelona (exp. nº 1225/05) con fecha 27 de marzo de 2006, por dos motivos: la vulneración del orden público que el mismo ha supuesto, por cuanto sus fundamentación jurídica es arbitraria y de todo punto irrazonable, al resolver, por una parte, la cuestión de fondo objeto de la controversia, y de otro, la condena en costas. La demandante entiende que en el contrato quedaba claro que la permuta efectuada sobre el terreno propiedad de la demandada, VICTORIO & LLORENS ASOCIADOS S.L, tenía como objeto una finca con una extensión neta de 1357'79 m2, pues se decía en él que esta superficie era "después de haberse efectuado todas las cesiones urbanísticas", no siendo cierto que el conocimiento de la demandante sobre la calificación y situación urbanística del terreno le obligara a comprobar esta extensión, por lo que, al decidir el árbitro que no tiene derecho a que se le compense por la pérdida de metros sufrida incurre en una decisión contraria al orden público por su irracionalidad. Y de la misma forma, al haberse desestimado la petición de la parte instada en el arbitraje de...
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