Justicia de proximidad

AutorJulio Picatoste
Cargo del AutorMagistrado (jubilado) - Académico de número de la Real Academia Gallega de Jurisprudencia y Legislación
Páginas29-31
JUSTICIA DE PROXIMIDAD 5
Si desde el altozano en que el paso del tiempo nos coloca volvemos la
mirada atrás para otear el rastro que las reformas de la Administración de
Justicia han ido dejando, distinguiremos un surco irregular, sinuoso, de mu-
dable e inconstante trazado, con desnortada trayectoria de frecuentes en-
miendas. Es la huella de un quehacer político al que, en materia de Justicia,
y más allá de elementales propuestas de incuestionada y común aceptación
por gobernantes de uno u otro signo, le ha faltado un proyecto de sólidos
cimientos y largo alcance, una visión clara y denida sobre la Justicia que se
quiere. A propósito de las reformas procesales se ha legislado mucho a golpe
de impulsos y estímulos diversos, sin planicación legislativa ni proyecto
coherente. La consecuencia de ese desorden reformador es la posterior nece-
sidad de recticar lo que en su día se hizo de modo precipitado e irreexivo.
Y así viene ocurriendo, con no poca frecuencia, en la Administración de
Justicia, donde los ensayos y veleidades reformistas tienen repercusiones de
extrema importancia.
Viene todo ello a cuento del Anteproyecto de Ley que el Ministerio de
Justicia acaba de dar a conocer en el que, junto con otras reformas de no poco
calado, se instaura la llamada Justicia de Proximidad –una suerte de aporte-
llados del siglo XXI– que no es sino la vuelta a la antigua Justicia Municipal,
después llamada de Distrito, cuya precipitada e irrazonable supresión sirvió
de coda a una mal concebida y peor ejecutada unicación de cuerpos judi-
ciales. No me detengo ahora a comentar qué es lo que, en verdad, dene la
proximidad de la Justicia; aceptemos la idea común que por tal entiende,
según las palabras de la Exposición de Motivos, la instauración de unos tri-
bunales llamados a dar “una respuesta rápida a asuntos poco complejos que
producen una gran conictividad”. En mi opinión, la idea de proximidad
comporta otras cosas más y de aplicación a otros ámbitos, pero aceptemos,
para transitar por estas líneas, el concepto así entendido.
Esa función de proximidad que ahora se ofrece, la cumplían hace unos
años los llamados Juzgados de Distrito. Sin que se explicase ni protestase su
5 Faro de Vigo, 28 de julio de 2005.

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