SAP Barcelona 202/2005, 5 de Abril de 2005

PonenteJUAN BAUTISTA CREMADES MORANT
ECLIES:APB:2005:3095
Número de Recurso346/2004
Número de Resolución202/2005
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

D. JUAN BAUTISTA CREMADES MORANTD. MARIA DELS ANGELS GOMIS MASQUED. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOTERCERA

ROLLO Nº 346/2004-A

JUDICI CANVIARI Nº 294/2003

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE VIC

S E N T E N C I A N ú m. 202

Ilmos. Sres.

D. JOAN CREMADES MORANT

Dª.Mª ANGELS GOMIS MASQUÉ

D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

En la ciudad de Barcelona, a cinco de Abril de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Cambiario nº 294/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Vic, a instancia de AEFE OFIMATICA, S.L. contra D. Juan Francisco; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 26 de Enero de 2.004, por la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la oposición a la demanda presentada por AEFE OFIMATICA S.L. representada por la Sra. Bofias y asistida por el Sr. Ramón Armengol Barniol, frente a Juan Francisco representado por el Sr. Sentias y asistido por el Sr. Lagonigro.- 1.- Condeno a Juan Francisco al pago de 19.594'89 E. más los intereses legales correspondientes.- 2.- Se imponen las costas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día VEINTINUEVE DE MARZO DE DOS MIL CINCO.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAN CREMADES MORANT .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Instada la ejecución de 3 "pagarés" librados por el ejecutado D. Juan Francisco el 25.10.2002, contra determinada c/c de la Caixa de Manlleu, por importe de 4.531'63 Euros cada uno y vencimientos los dias, respectivamente, 10.12.2002, 8.1.2003 y 6.2.2003 (f. 7 y ss) y de seis letras de cambio, aceptadas por dicho demandado, por un nominal de 1000 Euros cada una y vencimientos los dias 3, 10, 17 de febrero, 3, 10 y 17 de marzo del 2003, a cuyos vencimientos, presentados tales efectos al cobro, resultaron impagados y devueltos a la ejecutante tenedora (f. 9 y ss.), entidad mercantil AEFE OFIMATICA SL, a dicha pretensión se opuso el referido ejecutado alegando "incumplimiento del contrato de compraventa" de una fotocopiadora Minolta CF.9001 (referido a que nadie se presento a explicar el funcionamiento de la misma, no obstante los requerimientos al respecto, sin aludir al funcionamiento defectuoso de la máquina hasta el momento del juicio) y pluspetición (respecto de la suma de 1.468'37 Euros, con los intereses correspondientes, admitiendo la deuda por 18.126'52 Euros, sin consignarlas en ningún momento).

Por el Juzgado de instancia se dictó sentencia, desestimando la oposición, y condenando al demandado a pagar a la actora la suma de 19.594'89 Euros con los intereses legales e imposición a la misma de las costas. Frente a dicha resolución se alza la ejecutada reiterando, de un lado la pluspetición y, de otro, el incumplimiento del contrato respecto a la instalación, mantenimiento, servicio técnico,... Con ello, el debate queda...

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