STSJ Galicia , 18 de Junio de 2002

PonenteFRANCISCO JAVIER D'AMORIN VIEITEZ
ECLIES:TSJGAL:2002:4337
Número de Recurso10212/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NÚMERO: 10212/1997 RECURRENTE: Jose Ramón ADMON. DEMANDADA: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL PONENTE: D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NÚMERO 737 / 2002.

Ilmos. Señores:

D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ D. Juan Bautista Quintas Rodriguez D. Enrique García Llovet.

A Coruña. Dieciocho de junio de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 10212/1997, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por Jose Ramón , domiciliado en Corme- Ponteceso (A Coruña), representado y dirigido por el Letrado D. JOSE LUIS PEREZ SUEIRAS, contra Resolución de 17-9-97 desestimatoria de recurso ordinario frente a reclamación de capital coste formulada con fecha 8-4-97 sobre declaración de responsabilidad de abono de pensión de jubilación; expte. 15/1590/CPRA/1996/013 Es parte la administración demandada TESORERIA GENERAL. DE LA SEGURIDAD SOCIAL, representada por LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. La cuantía del asunto es indeterminada.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

  2. Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.

  3. No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 7 de junio de 2002, fecha en que tuvo lugar.

  4. En la substanciación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.-Se impugna a través del presente recurso contencioso-administrativo la resolución dictada por el Director Provincial de la TGSS de A Coruña, de fecha 17 de setiembre de 1997, desestimatoria del recurso ordinario que formulara el aquí demandante contra reclamación de deuda de fecha 8 de abril de 1997, referida al importe de la liquidación del capital coste, girada como consecuencia de la resolución de la entidad gestora, Instituto Social de la Marina, de fecha 8 de agosto de 1994 que declarara responsable al empresario demandante del abono de la pensión de jubilación del trabajador allí referenciado, y ello por infracotización.

II.-Para la adecuada resolución del recurso, ha de partirse de los...

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