STSJ Cataluña 10041, 3 de Noviembre de 2005

PonenteEMILIO RODRIGO ARAGONES BELTRAN
ECLIES:TSJCAT:2005:10041
Número de Recurso11/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución10041
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA RECURSO ORDINARIO (LEY 1998) 11/2002 Partes: FRANCISCO FABREGAT, S.A. C/ T.E.A.R.C. S E N T E N C I A Nº 1203 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONES BELTRAN.

MAGISTRADOS Dª. PILAR GALINDO MORELL.

D. JOSE LUIS GOMEZ RUIZ.

En la ciudad de Barcelona, a tres de noviembre de dos mil cinco.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

11/2002, interpuesto por FRANCISCO FABREGAT, S.A., representado por el Procurador D. ALFREDO MARTINEZ SANCHEZ, contra T.E.A.R.C., representado por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. EMILIO ARAGONES BELTRAN, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador D. ALFREDO MARTINEZ SANCHEZ, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución que se cita en el Fundamento de Derecho Primero.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo la resolución del TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA (TEARC) de fecha 20 de septiembre de 2001, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa núm. 1331/1999, interpuesta contra acuerdo dictado por la Inspección Provincial de Lleida de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por el concepto de IVA, ejercicio de 1994 y cuantía de 10.080.234 pesetas.

SEGUNDO

Nuevamente se enjuicia por esta Sala un recurso en el que una empresa, cuyo objeto es la desecación de forrajes, cuestiona el acto de liquidación por IVA, ejercicio de 1997, y por ello sujeto a la Ley del Impuesto con anterioridad a la modificación operada por la Ley 66/1997 , en el entendimiento, contrario al criterio sostenido por la Administración, de que no ha de incluirse en la base imponible el importe de las subvenciones comunitarias otorgadas en virtud del Reglamento (CE) 603/95 del Consejo y normas de desarrollo.

La empresa recurrente percibió las subvenciones a la deshidratación condicionadas a la existencia de contratos homologados por el SERMA entre la...

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