RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2001, de la Subsecretaría, por la que se autoriza a la entidad Unión Temporal de Empresas denominada 'Control de ITV, Sociedad Limitada, ATISAE, Sociedad de Gestión y Asesoramiento CT, Sociedad Anónima, Ley 18/82 (AVANT-ITB)' para actuar como entidad colaboradora de inspección de embarcaciones de recreo, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre, por el que se establecen los reconocimientos e inspecciones de las embarcaciones de recreo para garantizar la vida humana en la mar y se determinan las condiciones que deben reunir las Entidades colaboradoras de inspección.

MarginalBOE-A-2001-5279
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2001, de la Subsecretaría por la que se autoriza a la entidad Unión Temporal de Empresas denominada `Control de 1TV, Sociedad Limitada ATISAE, Sociedad de Gestión y Asesoramiento CT, Sociedad Anónima, Ley 18/82 (AVANT-ITBO) para actuar como entidad colaboradora de inspección, de embarcaciones de recreo, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre, por el que se establecen los reconocimientos e inspecciones de las embarcaciones de recreo para garantizar la vida humana en la mar y se determinan las condiciones que deben reunir las Entidades colaboradoras de inspección.

El Real Decreto citado asignaba al Secretario de Estado de Infraestructuras y Transportes la autorización de estas Entidades (artículos 6.1 y 7.1). Actualmente, dado que dicha Secretaría de Estado ha sido sustituida por la de Infraestructuras, y la Dirección General de la Marina Mercante (órgano propio de la llamada Administración marítima; artículos 86 y siguientes de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante) depende ahora directamente de la Subsecretaría de Fomento de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 690/2000, de 2 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de este Ministerio, resulta obvio que la competencia para autorizar las Entidades colaboradoras de inspección de embarcaciones de recreo corresponde a este último órgano.

La entidad Unión Temporal de Empresas denominada «Control de ITV, Sociedad Limitada, ATISAE, Sociedad de Gestión y Asesoramiento CT, Sociedad Anómima, Ley 18/82 (AVANT-ITB)L, al amparo de lo dispuesto en el artículo 7.3 del Real Decreto 1434/99, ha solicitado ante la Dirección General de la Marina Mercante la autorización para actuar como entidad colaboradora de inspección de embarcaciones de recreo, mediante escrito presentado el 16 de noviembre de 2000.

Dos de las empresas constituyentes de la U.T.E., «Control de ITV, Sociedad Limitada» y ATISAE, ya habían sido autorizadas previamente, en los términos establecidos por el Real Decreto 1434/99, como Entidades Colaboradoras de Inspección de Embarcaciones de Recreo, según Resoluciones de 19 de julio de 2000, de la Subsecretaría.

Instruido el correspondiente expediente en la Dirección General de la Marina Mercante, se ha comprobado que la documentación aportada por dicha sociedad cumple con lo dispuesto en el artículo 7 de la norma citada.

Asimismo, la citada Entidad reúne y cumple las condiciones...

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