Orden AEC/2277/2009, de 31 de julio, por la que se conceden becas de la III convocatoria del programa de becas de prácticas para alumnos españoles que han superado el máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales, impartido en la Escuela Diplomática durante el curso académico 2008-2009.

MarginalBOE-A-2009-13699
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
Rango de LeyOrden

En el BOE núm. 135, de 4 de junio de 2009, se publicó la Orden AEC/1440/2009, de 22 de mayo, modificada por Orden AEC/1772/2009, de 25 de junio, (BOE núm. 159, de 2 de julio) por la que se establecen las bases reguladoras de la III convocatoria del programa de becas de prácticas dirigido a los alumnos españoles que han superado el «máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales» 2008-2009, de la Escuela Diplomática, con una duración de 10 meses, desde el 1 de octubre del 2009 al 31 de julio de 2010.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la citada Orden, sobre «Procedimiento de concesión y resolución» de las becas de prácticas de la Escuela Diplomática y a propuesta del Presidente de la Comisión de Valoración, reunida al efecto, el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación ha resuelto:

Primero.-Conceder con cargo a la aplicación presupuestaria 12.01.23.141. M.483.00, 54 becas, del programa de becas de prácticas para los alumnos españoles que han superado el «máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales» de la Escuela Diplomática, del curso académico 2008-2009, desde el 1 de octubre de 2009 al 31 de julio de 2010, según la relación que se adjunta como Anexo I en la que figura el destino, la dotación económica de la beca y, en su caso, la ayuda de viaje:

Primer beneficiario/a: Dña. María del Rocío del Río Sánchez. Último beneficiario/a: D. Iván León Fernández.

Segundo.-Ordenar la publicación en el BOE de las becas reconocidas en esta Resolución, en los términos previstos por la citada Orden Ministerial AEC/ 1440/2009, de 22 de mayo.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contenciosoadministrativo ante la Audiencia Nacional conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 31 de julio de 2009.-El Ministro de Asuntos...

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