DECRETO 194/1998, de 30 de julio, de la Comisión Interdepartamental de Inmigración y de su Consejo Asesor.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE BIENESTAR Y FAMILIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO

194/1998, de 30 de julio, de la Comisión Interdepartamental de Inmigración y de su Consejo Asesor.

La Ley 26/1985, de 27 de diciembre, de servicios sociales, objeto de refundición mediante el Decreto legislativo 17/1994, de 16 de noviembre, prevé entre sus áreas de actuación la de promoción de actuaciones que permitan prevenir y eliminar cualquier discriminación por razón de raza, sexo, o por otras circunstancias personales o sociales.

En virtud del Plan interdepartamental de inmigración, aprobado por Acuerdo del Gobierno de 28 de septiembre de 1993, se creó mediante el Decreto 275/1993, de 28 de septiembre, la Comisión Interdepartamental de Inmigración y su Consejo Asesor, el cual fue modificado posteriormente por el Decreto 176/1994, de 13 de julio.

Vistos los acuerdos de Gobierno de la Generalidad de 29 de noviembre de 1994 y de 18 de marzo de 1997, por los que se aprueban nuevos programas integrados en el Plan interdepartamental de inmigración;

Dada la conveniencia de posibilitar la creación, en el seno de la Comisión Interdepartamental de Inmigración, de órganos interdepartamentales, de ámbito territorial, con la finalidad de examinar y coordinar actuaciones concretas que incidan en la situación de los inmigrantes del respectivo ámbito territorial, así como también refundir en una sola disposición la normativa reguladora de la Comisión Interdepartamental de Inmigración y de su Consejo Asesor a fin de facilitar su consulta y de hacer efectivo el principio de seguridad jurídica;

Vista la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad; a propuesta del consejero de Bienestar Social y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Órganos colegiados de inmigración

1.1 La Comisión Interdepartamental de Inmigración, creada mediante el Decreto 275/1993, de 28 de septiembre, se configura como un instrumento de seguimiento y coordinación de las actuaciones que se llevan a cabo en Cataluña en materia de inmigración.

1.2 La Comisión Interdepartamental de Inmigración está asistida por el Consejo Asesor de Inmigración, creado mediante el Decreto 275/1993, de 28 de septiembre. El mencionado Consejo se configura como un órgano colegiado de consulta y participación externa en materia de inmigración.

1.3 La Comisión podrá crear en su seno, para el mejor ejercicio de sus funciones, comisiones territoriales de inmigración para cada uno de los ámbitos territoriales derivados de la división administrativa prevista para el ejercicio de las funciones de las delegaciones territoriales del Gobierno, con la composición y funciones que se establecen en esta disposición.

1.4 Un órgano técnico, adscrito al Departamento de Bienestar Social, dará apoyo a los órganos regulados por esta disposición. El órgano técnico se dotará con los medios personales y materiales que le sean adscritos por el Departamento de Bienestar Social para realizar los trabajos de elaboración de informes...

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