SAP Madrid 630/2007, 27 de Junio de 2007

PonenteANA MARIA FERRER GARCIA
ECLIES:APM:2007:10699
Número de Recurso237/2007
Número de Resolución630/2007
Fecha de Resolución27 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 7ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN Nº 7

ROLLO: 237/2007

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 6 de MADRID

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 51 /2006

SENTENCIA Nº 630/07

ILMAS. SRAS.

Presidenta:

DÑA. MARÍA LUISA APARICIO CARRIL

Magistradas:

DÑA. ANA MARÍA FERRER GARCÍA

DÑA. ANA MERCEDES DEL MOLINO ROMERA

Madrid, 27 de junio de 2007

VISTO por esta Sección Séptima de esta Audiencia Provincial la causa instruida como Procedimiento Abreviado núm.

51/06, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Patrocinio Sánchez Trujillo, en nombre y representación de Bartolomé, Constantino y de Emilio, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal

núm. 6 de Madrid, habiendo sido partes el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia,

como recurrido, actuando como Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. ANA MARÍA FERRER GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el acto del juicio oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 2 de junio de 2006, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:

Que debo condenar y condeno a Emilio, Bartolomé y Constantino como responsables cada uno de ellos en concepto de autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal en Emilio, y concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia en Bartolomé y Constantino, a las siguientes penas:

- para Emilio, la pena de prisión por tiempo de tres meses, con la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena;

- para Bartolomé, la pena de prisión por tiempo de cinco meses, con la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena;

- para Constantino, la pena de prisión por tiempo de cinco meses, con la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena y al pago de las costas.

Hágase abono al condenado para el cumplimiento de la pena impuesta del tiempo de privación de libertad sufrido por razón de esta causa.

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada:

"Ha resultado probado y así se declara que el día 4 de febrero de 2006 sobre las 5.30 horas, Constantino, mayor de edad, ejecutoriamente condenado en varias sentencias firmes, entre otras las de 23 de noviembre de 2003, a la pena de 3 meses y diez días de prisión por un delito de robo con fuerza en las cosas, por el que se le otorgó en fecha de abril de 2005 la suspensión de la ejecución de la pena durante tres años y la de 22 de septiembre de 2004 por otro delito de robo con fuerza en las cosas por el que se le aplicó la pena de 10 meses y sesenta días de multa, puesto de acuerdo con Bartolomé, mayor de edad, ejecutoriamente condenado en sentencia firme de 15 de febrero de 2005, por un delito de robo con fuerza en las cosas a la pena de multa de dos años y un día y con Emilio, mayor de edad, sin antecedentes penales, animados de ilícito beneficio fracturaron con un objeto indeterminado la persiana metálica del bar "Gran Vía", por el acceso por dicho local tiene...

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