SAP Madrid 985/2006, 28 de Noviembre de 2006

PonenteMARIA LUISA APARICIO CARRIL
ECLIES:APM:2006:16056
Número de Recurso313/2006
ProcedimientoAPELACIÓN
Número de Resolución985/2006
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 7ª

ROLLO Nº 313/06

JUICIO RÁPIDO Nº 330/06

JUZGADO DE LO PENAL Nº 13 DE MADRID

SENTENCIA Nº 985/06

AUDIENCIA PROVINCIAL

ILMOS. SRES. DE LA SECCIÓN 7ª

Dª. Mª LUISA APARICIO CARRIL

Dª. ANA MERCEDES DEL MOLINO ROMERA

Dª. PILAR RASILLO LÓPEZ

Madrid, 28 de noviembre de 2006

VISTO en segunda instancia, ante la Sección Séptima de esta Audiencia

Provincial, el Juicio Oral nº 330/2006 procedente del Juzgado nº 13 de lo Penal de Madrid seguido

por un delito CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL contra el acusado Donato,

venido a conocimiento de esta Sección a virtud de recurso de apelación que autoriza el artículo 790 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, interpuesto en tiempo y forma por dicho acusado contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del expresado Juzgado con fecha 25 de

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la sentencia apelada se establecen como hechos probados que: "Sobre las 19 horas del día 26 de agosto de 2006, Donato, mayor de dad, sin antecedentes penales, y en situación irregular en España puesto que carece de permiso de residencia y de trabajo, fue sorprendido por agentes de la Policía Municipal de Madrid en la calle Alcalá de esta Capital, cuando con la intención de beneficiarse económicamente de manera ilícita, ofrecía a la venta a los transeúntes 51 DVD's que contenían copias de producciones cinematográficas sin que para ello tenga autorización de los titulares de los derechos sobre las obras originales. No consta que AFYE sea titular de los derechos de reproducción de las obras cinematográficas intervenidas."; su fallo o parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Donato como autor penalmente responsable de un delito contra la propiedad intelectual previsto y penado en el art. 270 del Código Penal vigente, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 12 meses con una cuota diaria de 3 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el art. 53 del C.P. para el caso de impago, sustituyéndose la pena privativa de libertad impuesta por la expulsión del territorio español en la forma y plazo previsto en el art. 89 del C.P., e imponiéndole además al condenado las costas del presente juicio, haciéndose reserva de acciones civiles para los perjudicados.". Han sido parte en la sustanciación del presente recurso el Ministerio Fiscal y dicho apelante representado por la Procuradora Dª Angeles Beatriz Alvarez Esteban y Ponente la Magistrada Dª. Mª LUISA APARICIO CARRIL.

SEGUNDO

El apelante establece como fundamentos del recurso las siguientes alegaciones: error en la apreciación de la prueba, vulneración de la presunción de inocencia, aplicación indebida del art. 270 del C. Penal con vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.

Al dar traslado del recurso al Ministerio Fiscal por el mismo se interesó la confirmación de la sentencia.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Sección de la Audiencia Provincial, por providencia de 20 de noviembre de 2006 se señaló para deliberación el día 21 siguiente.

NO SE ACEPTAN en su integridad los hechos declarados probados de la sentencia recurrida, declarando expresamente probados los siguientes:

Sobre las 19 horas del día 26 de agosto de 2006, Donato, mayor de dad, sin antecedentes penales, y en situación irregular en España puesto que carece de permiso de residencia y de trabajo, fue sorprendido por agentes de la Policía...

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