DECRETO 87/2000, de 22 de mayo, por el que se instituyen los Premios de Investigación ¿Hacienda Canaria¿.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Economía y Hacienda
Rango de LeyDecreto

La decisiva importancia que para el desarrollo económico y social de Canarias tiene la promoción a todos los niveles de su Régimen Económico y Fiscal, determina que la institución de un premio de investigación sobre el mismo se revele como altamente conveniente tanto para su difusión a nivel académico y profesional como para coadyuvar a la ejecución de un plan más amplio de promoción a alto nivel: la constitución de un foro de debate que permita depurar conceptualmente esta materia, ampliar su horizonte científico y aportar elementos para su renovación permanente.

En dicho foro están llamados a participar activamente todos los sectores de la sociedad insular interesados en este campo: Administración Pública, Universidades, Colegios Profesionales, partidos políticos, organizaciones empresariales y sindicales, asociaciones de consumidores, etcétera. No obstante, corresponde al Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Economía y Hacienda, el papel de director de este proceso debido a los intereses públicos que promueve y tutela, si bien los actores principales deben de ser los sectores citados.

Por último, con la institución del premio se potencia la difusión de las peculiaridades canarias fuera del archipiélago, lo cual puede contribuir eficientemente a su mayor integración en el esquema comunitario y a la atracción de capitales exteriores.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación del Gobierno, en sesión celebrada el día 22 de mayo de 2000,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- Objeto.

1. Se instituyen los premios de investigación ¿Hacienda Canaria¿ para galardonar los mejores artículos científicos acerca de las peculiaridades del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Se valorará especialmente la calidad y rigor técnico-científico de los trabajos, la originalidad de su planteamiento y su aportación innovadora en el campo de la investigación científica.

2. Los premios se convocarán en el primer trimestre de cada año.

Artículo 2.- Jurado.

El Jurado de los premios estará presidido por el Consejero de Economía y Hacienda e integrado, además, por los vocales que, en un número no inferior a cinco ni superior a ocho, se determinen anualmente en la Orden de convocatoria, así como por un Secretario, con voz y sin voto, nombrado por el Presidente del Tribunal.

Artículo 3.- Premios.

1. Se concederá un primer premio, un segundo premio y los accésit que se incluyan...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR