STSJ Comunidad de Madrid , 3 de Noviembre de 2000

PonenteJUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
ECLIES:TSJM:2000:13221
Número de Recurso3035/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO N° 3.035/96 SENTENCIA N° 972 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Ilustrísimos Señores:

Presidente:

Don José Félix Méndez Canseco Magistrados:

Doña Francisca Rosas Carrión Doña Elvira Adoración Rodríguez Martí

Don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez Don Javier Eugenio López Candela En la Villa de Madrid a tres de Noviembre del año dos mil. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso-administrativo número 3.035 de 1.996, interpuesto por Carlos María , asistido y representado por el Letrado Don Juan J. Montoya Pérez, contra el Decreto de fecha 14 de Agosto de 1.996 del Excelentísimo Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Madrid que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 28 de Marzo de 1.996 del Concejal Presidente de la Junta Municipal del Distrito de Carabanchel del Ayuntamiento de Madrid por el que se denegaba al recurrente la licencia de actividad e instalación para la ampliación de restaurante en el local sito en la calle DIRECCION000 n° NUM000 . Ha sido parte el Ayuntamiento de Madrid representado por el Procurador Don Eduardo Morales Price.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó demanda el día 2 de Junio de 1.998 en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia por la que: a) Se declarara la nulidad de la resolución recurrida, así como de las anteriores en las que trae causa al ser las mismas nulas de conformidad con lo establecido en los artículos 62 y 63 de la Ley 30/1.992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común b) Se Declarara el derecho de D. Carlos María a la concesión de la

Licencia de Instalación Apertura y Funcionamiento por Ampliación de Elementos del Restaurante sito en la C/ DIRECCION000 n° NUM000 de la localidad de Madrid, por cumplir con los requisitos establecidos para su concesión en la Ley del Suelo, Plan General de Ordenación Urbana y demás normas de desarrollo.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Procurador Don Eduardo Morales Price para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 14 de Octubre de 1998, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Por auto de 13 de Abril de 1.999 se acordó recibir el recurso a prueba por término de treinta días, practicándose la admitida con el resultado que obra en las actuaciones.

CUARTO

Que no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de quince días. para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 31 de octubre de 2.000 a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone por la representación de Carlos María recurso contencioso- administrativo contra el Decreto de fecha 14 de Agosto de 1.996 del Excelentísimo Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Madrid que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 28 de Marzo de 1.996 del Concejal Presidente de la Junta Municipal del Distrito de Carabanchel del Ayuntamiento de Madrid por el que se denegaba al recurrente la licencia de actividad e instalación para la ampliación de restaurante en el local sito en la DIRECCION000 n° NUM000 .

SEGUNDO

La denegación de la licencia solicitada se fundamenta al no respetarse las determinaciones de ordenación del nuevo planeamiento, según se expresa en el informe técnico de fecha 13 de Marzo de 1.996, informe que sirve de base a la resolución del Concejal Presidente de la Junta Municipal del...

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