Orden de 3 de marzo de 1997 por la que se aprueba el nuevo modelo de declaración complementaria en la gestión de la tasa por inspecciones y controles sanitarios oficiales de carnes frescas, carnes de aves de corral y conejos.
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Orden |
La modificación de los tramos de aplicación del tipo de gravamen y la introducción de la posibilidad de deducción de los gastos administrativos suplidos y de los gastos por auxiliar veterinario y ayudantes, debido a la necesaria adaptación a la normativa europea, llevada a cabo a través de la Ley 11/1996, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1997, obliga a la modificación del modelo de declaración complementaria de la tasa por inspecciones y controles sanitarios oficiales de carnes frescas, carnes de aves de corral y conejos. Por todo ello,
DISPONGO:
Se modifica el tercer párrafo del artículo 4 de la Orden de 30 de junio de 1992, por la que se aprueba
el modelo de autoliquidación de las tasas de la Comunidad Autónoma de Galicia y se establece la utilización de efectos timbrados para el pago de las tasas por servicios administrativos de compulsa de documentos y de bastanteo de poderes y documentos acreditativos de legitimación, quedando como sigue:
Además, en el caso de la tasa establecida en el artículo 23, número 08 del Decreto legislativo 1/1992, de 11 de abril, por las inspecciones y controles sanitarios oficiales de carnes frescas, carnes de aves de corral y conejos, los sujetos pasivos sustitutos del contribuyente presentarán al servicio gestor de la misma el modelo de declaración complementaria que figura como anexo II de la presente orden
.
Se sustituye el anexo II de la orden referida por el anexo de la presente.
Santiago de Compostela, 3 de marzo de 1997.
José Antonio Orza Fernández
Conselleiro de Economía y Hacienda
Declaración complementaria de la tasa por la inspección y control sanitario oficial de carnes frescas, carnes de aves de corral y conejos
Número impreso autoliquidación
PeríodoTrimestre Año de tasas a que correspondeA -
la presente declaración
Nombre o razón social | NIF o CIF | ||||
Domicilio | Código postal | ||||
Ayuntamiento | Provincia | ||||
Sacrificio | |||||
Especie P. Canal | Udes. | T. gravamen (pt/animal) |
Cuota tributaria |
Gastos Admtvos. suplidos |
Costes suplidos por aux. veterinarios |
Por ud. sacrif. | por ud. sacrif. | ||||
Bovino | +218 kg | ||||
-218 kg | |||||
Solípedos y équidos | indefinido | ||||
Porcino | +12 kg | ||||
-12 kg | |||||
Porcino ib. cruzado | indefinido | ||||
Ovino | +18 kg | ||||
12-18 kg | |||||
-12 kg | |||||
Caprino | +18 kg | ||||
12-18 kg | |||||
-12 kg | |||||
Total | 0 1 | 0 2 | |||
+5 kg | |||||
Aves de corral | 2,5-5 kg | ||||
-2,5 kg | |||||
Gallinas de reposic. | indefinido | ||||
Conejos | ref. y -2,5 kg | ||||
2,5-5 kg | |||||
+5 kg |
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