DECRETO 8/2004, de 3 de febrero, por el que se acuerda iniciar el procedimiento de elaboración de las Directrices de Ordenación del Suelo Agrario.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial
Rango de LeyDecreto

El Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, configura, en su artículo 15, las Directrices de Ordenación como el instrumento de planeamiento propio del Gobierno de Canarias, que integra la ordenación de los recursos naturales y del territorio.

Con la aprobación de la Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, este instrumento de ordenación ostenta la máxima jerarquía dentro del ordenamiento jurídico canario en la materia.

Dichas Directrices de Ordenación General establecen, en su Directriz 5, que el desarrollo y aplicación de las mismas se llevará a cabo mediante el cumplimiento de sus determinaciones de directa aplicación, así como mediante la elaboración de Directrices de Ordenación sectoriales, Planes Insulares de Ordenación, Planes y Normas de Espacios Naturales Protegidos, Planes Territoriales Parciales y Especiales, Planes Generales de Ordenación, restantes figuras del planeamiento urbanístico y otras disposiciones generales.

En tal sentido, el apartado 2 de la citada Directriz, así como el apartado 1 a) de la Directriz 140, establece la obligatoriedad de formular Directrices de Ordenación sectoriales para la ordenación de aquellos ámbitos que considere oportuno el Gobierno de Canarias y, al menos, para la ordenación de la calidad ambiental, infraestructuras, energía, residuos, patrimonio cultural, paisaje, suelo agrario, vivienda y litoral.

También, la citada Directriz 5 establece que, cualquiera que sea el ámbito de las Directrices de Ordenación sectoriales, su formulación atenderá en todo caso a los siguientes objetivos globales:

  1. Estimular y favorecer la eficiente articulación e integración del archipiélago.

  2. Promover su competitividad económica.

  3. Fomentar la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos.

  4. Fortalecer la inserción de Canarias en los ámbitos de los que forma parte y la vinculación de sus actividades con el espacio europeo, con el ámbito americano, con el continente africano y, especialmente, con los restantes archipiélagos que componen la región macaronésica.

    Por su parte, el Decreto 127/2001, de 5 de junio, por el que se regulan las Directrices de Ordenación, vino a concretar y desarrollar el procedimiento para la iniciación, formulación y tramitación de las mismas, estableciendo, en su artículo 6, que aquél se iniciará por acuerdo del Consejo de Gobierno, así como el contenido mínimo de dicho acuerdo de iniciación.

    Se pretende, por tanto, dar cumplimiento al mandato legal y abordar la formulación de las Directrices de Ordenación del Suelo Agrario, adoptando, como el primer paso para ello, el preceptivo acuerdo de iniciación con el contenido ya exigido en el artículo 6 del citado Decreto 127/2001.

    En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación y de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 3 de febrero de 2004,

    D I S P O N G O:

    Primero.- Acordar el inicio del procedimiento para la elaboración de las Directrices de Ordenación del Suelo Agrario.

    Segundo.- Objetivos y criterios para su elaboración.

    Las Directrices de Ordenación sectorial cuya formulación se acuerda serán elaboradas y tendrán los objetivos siguientes:

  5. Objetivos Globales.

    a.1) Articular las actuaciones tendentes a garantizar el desarrollo sostenible de Canarias, constituyendo la protección del suelo rústico de protección agraria uno de sus pilares básicos, para el mantenimiento del desarrollo sostenible en el ámbito rural, la calidad de vida junto con la recuperación de los valores culturales y paisajísticos de las actividades agrarias y el mantenimiento de la población como elemento fundamental y básico.

    a.2) Establecer estrategias de acción territorial para la definición del modelo territorial básico de Canarias del que forman parte principal la ordenación de los recursos y el suelo rústico de protección...

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