ORDEN FORAL 379/2001, de 26 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba inicialmente el proyecto de urbanización de la Zona de Reserva (2.ª fase) de la Ciudad del Transporte de Pamplona, promovido por SANCO-G.M., U.T.E.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 379/2001, de 26 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba inicialmente el proyecto de urbanización de la Zona de Reserva (2.ª fase) de la Ciudad del Transporte de Pamplona, promovido por SANCO-G.M., U.T.E.

Don Angel García Clavijo, Gerente de SANCO-G.M, U.T.E., y en su representación, ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación, el proyecto de Urbanización de la Zona de Reserva de la Ciudad del Transporte de Pamplona.

El Gobierno de Navarra, en sesión de 22 de mayo de 2000, acordó aprobar el expediente de "Desarrollo de la Segunda Fase del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Terminal de Transportes de la Comarca de Pamplona", promovido por la sociedad Ciudad del Transporte de Pamplona, S.A. El proyecto de urbanización ahora presentado denomina a dicha Segunda Fase como "Zona de Reserva" de la Ciudad del Transporte de Pamplona, siendo, no obstante, ambas idénticas; es decir dicho proyecto de urbanización se refiere a la antedicha Segunda Fase del PSIS.

Vista la documentación aportada y teniendo en cuenta el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, procede la aprobación inicial del citado Proyecto de Urbanización y su exposición pública durante el plazo de 15 días, para que pueda ser examinado y presentadas las alegaciones oportunas.

En consecuencia, y de conformidad con lo preceptuado en la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

  1. Aprobar inicialmente el proyecto de urbanización de la Zona de Reserva (2.ª fase) de la Ciudad del Transporte de Pamplona, promovido por SANCO-G.M., U.T.E., con la determinación de que, para su aprobación definitiva, deberá adjuntarse el preceptivo informe de S.C.P.S.A., en lo que se refiere a las redes de abastecimiento y saneamiento, todo ello sin perjuicio de que, en la resolución definitiva del expediente, se establezcan las oportunas determinaciones conforme a lo informado por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona respecto al proyectado Equipo de presión.

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