STSJ Murcia , 19 de Abril de 2000

PonenteABEL ANGEL SAEZ DOMENECH
ECLIES:TSJMU:2000:1283
Número de Recurso2986/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Abril de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº. 2986/97 SENTENCIA nº. 379/00 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 379/00 En Murcia a diecinueve de abril de dos mil. En el recurso contencioso administrativo nº. 2986/97, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 300.000 ptas., y referido a: Sanción por utilizar gasóleo de tipo B sin tener la oportuna autorización.

Parte demandante:

D. Fermín , representado y dirigido por la Abogada Dª. María Dolores Albadalejo Ruiz.

Parte demandada:

LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado:

Resolución del Tribunal Económico Administrativo regional de Murcia de fecha 24 de junio de 1997, desestimatoria de la reclamación 30/2954/96 formulada frente al acuerdo del Delegado Especial de la A.E.A.T. en Murcia de fecha 30 de octubre de 1996 recaído en el expediente sancionador NUM000 , que impuso al recurrente una sanción de 300.000 ptas. de multa y inmovilización de su vehículo durante dos meses por la comisión de una infracción consistente en la inobservancia de las prohibiciones y limitaciones de uso del gasóleo tipo B impuestas por el art. 54 de la ley de Impuestos Especiales 38/92, de 28 de diciembre.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se declare no ajustada a Derecho la resolución objeto de este recurso, dejándola sin efecto, con imposición de las costas a la parte demandada.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 18-11-97, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 7-4-00.

II-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por tener interés para el examen de las cuestiones que se discuten, y resultantes del expediente administrativo y de la prueba practicada, se destacan los siguientes:

1) Con fecha 20 de junio de 1996 funcionarios del Cuerpo de la Guardia Civil (patrulla de Puertos y Costas de la 4ª compañía de Torre Pacheco) levantaron acta de denuncia contra el actor, D. Fermín , por uso indebido de gasóleo tipo B en su furgoneta Citroaen C-15 matrícula WA-....-ON , con una potencia fiscal de 12,37 CVF, cuando estaba estacionada en uno de los márgenes de la carretera de servicio SVII T2-11, en el término municipal de Torre Pacheco; acta en la que el interesado reconoce la certeza de los hechos (llevar en el depósito 20 litros de gasóleo tipo B), alegando que le puso el gasóleo bonificado por haberse quedado sin gasóleo normal en el vehículo.

2) Incoado el correspondiente expediente sancionador en el que el instructor formuló pliego de cargos y el actor presentó frente al mismo escrito de alegaciones (alegando la misma circunstancia antes expresada), y verificado el análisis de una muestra del gasóleo utilizado, que puso de manifiesto que era de clase antes referida, el Delegado Especial de Murcia de la A.E.A.T. dictó acuerdo de fecha 30-10-96, de conformidad con la propuesta de resolución realizada por el instructor,...

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