ORDEN FORAL 77/2001, de 12 de marzo, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se crea un fichero informatizado bajo la denominación de Necesidades educativas asociadas a condiciones socio-culturalmente desfavorecidas.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
ORDEN FORAL 77/2001, de 12 de marzo, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se crea un fichero informatizado bajo la denominación de Necesidades educativas asociadas a condiciones socio-culturalmente desfavorecidas.
La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, regula el tratamiento de los datos de carácter personal, y el Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, regula los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.
El Director de Servicio de Renovación Pedagógica propone la creación del fichero denominado "Necesidades educativas asociadas a condiciones socio-culturalmente desfavorecidas" cuya finalidad es escolarizar en las condiciones más favorables a los alumnos que puedan necesitar alguna medida de compensación educativa.
El Artículo 2.º del Decreto Foral 143/1994 establece que la modificación de las características de los ficheros existentes, así como su cancelación y la creación de nuevos ficheros, se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que esté adscrita la unidad responsable del fichero.
En su virtud, visto el informe del Servicio de Renovación Pedagógica,
ORDENO:
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Crear, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 2.º del Decreto Foral 143/1994, el fichero denominado "Necesidades educativas asociadas a condiciones socio-culturalmente desfavorecidas".
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Finalidad del fichero y usos previstos.
Recopilar y actualizar información sobre el alumnado con necesidades de compensación educativa, por encontrarse en situaciones sociales o culturales desfavorecidas.
Colaborar con los centros educativos en labores de apoyo a este alumnado para ofrecerles una adecuada respuesta educativa.
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Personas o colectivos afectados.
Alumnos escolarizados en niveles no universitarios, tanto de centros públicos como privados, con necesidades educativas por encontrarse en situaciones sociales o culturales desfavorecidas.
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Procedimiento de la recogida de datos.
A través de los orientadores y/o directores de los centros y con los informes y formularios oportunos.
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Estructura básica y tipos de datos de carácter personal incluidos en el fichero:
.DNI
.Nombre y apellidos
.Edad, fecha de nacimiento
.Nacionalidad
.Domicilio
.Teléfono
.Centro Escolar
.Localidad
.Zona
.Curso
.Año de incorporación al centro
.Años de escolarización
.Conocimiento...
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