Real Decreto 1331/1977, de 23 de abril, por el que se indulta parcialmente a Bartolomé Montero Medina.

MarginalBOE-A-1977-13857
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
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.
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((el E:.-Num.
141
1;'856
REAL
DECRETO
1330/1977.
de
23
de
abril,
por
el
que
se
indulta
parcialmente
a
Maria
de
la
Con-
cepción
Sánchez
García.
13859
REAL
DECRETO
1333/1977,
de
3de
mayo,
por
el
.
que
se
indulta
parcialmente
a
Ricardo
Camin
Urueña.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
María
de
la
ConcepCión
Sánchez
Garela,
condenada
por
la
Audiencia
Provincial
de
Ali-
cante,
en
sentencia
de
trece
de
junio
de
mil
novecientos
setenta
y
tres,
como
autora
de
.
un
deH~
de
parricidi~,
a
la
pena
de
docé
años
y
un
die.
de
reclusión
menor;
y
tenIendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hechos;
Vistos
la
Ley
de
dieciocho
de
junio
de
mil
ochocientos
seten-
ta,
reguladora
de
la
gracia.
de
indulto,
y
el
Decreto
de
veintldÓ6
d~
abril
de
mil
novecientos
treinta
y
ocho;
Oído
el
Ministerio
Fiscal,
y
de
acuerdo
con
el
parecer
de
la
Sala
sentenciadora,
a
propuesta
del
Ministro
de,
Justicia,
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
veintidós
de
abril
de
mil
D{¡vecientos
setenta
y
siete,
Vengo
en
indultar
a
María
de
la,
Concepción
SAnchEz
G&.rci6.,
corünutando
la
pena
impuesta
por
la
de
nueve
años
de
pnsión
mayor
Dado
en
Madrid
a
veintitrés
de
abril
de
mil
novecientos
setenta
y
siete.
JUAN
CARLOS
El
Ministro
de
Justicia.
LANDELTNO
LA
VILLA
AL5INA
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Ricardo
Camíp.
Urueña,
incoado
~n
virtud
de
expos.ición
elevada
al
Gobierno
al
amparo
de
lo
dispuesto
en
el
párrafo
segundo
del
articulo
segundo
del
Código
Penal
por
la
Audiencia
Provincial
de
León,
que
en
sentencia
de
veintisiete
de
enero
de
mil
noveCl'entos Be-
tenta
y
siete
le
oonden"
como
autor
de
un
delito
de
homicidio,
en
grado
de
frustración.
a
la
pena
de
diez
afias
y
un
día
de
prisión
mayor,'
y
teme:6do
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hechos.
Vistos
la
Ley
de
dieciocho
de
junio
de
mil
ochocien
tos
setenta,
reguladora
de
la'
gracia
de
indulto.
y
el
Decreto
de
veintidós
de
abril
de
m!'l
novecientos
treinta
y
ocho.
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tri-
bunal
Senténciador,
a
prop,uesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
ConsejQ
de
Ministros,
en
su
reunión
del
día
tres
de
mayo
de
mil
novecl'entos
setenta
y
siete.
Vengo
en
indultar
a
Ricardo
Camín
Urueñe,
conmutando
la
exprªsaaa
pena
privativa
de
lib~rtad
por
la
de
cinco
años
de
prisión
menor.
I
Dado
en
Madrid
a
tres
de
mayo
de
mil
novecientos
se-
tenta
y
siete:
JUAN
CARLOS
13857
REAL
DECRETO
13'31/1977, de
23
de
abril,
por
el
que
se
indulta
parcialmente
a
Bartolome:
Montero
Medina:.
El
Ministro
de
Justicia,
LANDELINQ
LAVILLA ALSINA"
13860
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Bartolomé
Montero
Médina,
incoado
en
virtud
de
exposición
ele'\rada
al
Gobierno,
al
amparo
de
lo
establecido
en
el
pánafo
segundo
del
articulo
segundo
del
Código
Penal,
por
la
Audiencia
Provincial
de
Barcelona,
que
en
sentencia
de
veintidós
de
noviembre
de
mil
nov,ecientos
setenta
y
seis
le
condenó,
como
autor
de
un,
delito,
de
robo, 8
le.
pena
de
diez
años
yup.,
dia
de
presidio
mayor.-
Y,
teniéndo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
l~
hech.os;
Vistos
la
Léy
de
dieciocho
de
junio
de
mil
oohocientos~
se~n.
ta,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
y
~l
Decreto
de
vemUdós
de
abril
de
mil
novecientos
treinta
y
ocho;
Oído
'el
Ministerio
Fiscal.
y
de
acuerdo
OOn
el
parecer
-
de
la
56180
sentenciadora.,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia,
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su,
reunión
del
día
veintidós
de
abril
de
mil
novecientos
setenta
y-siete,
Vengo
en
indultar
a
Bartolomé
Montero
Medina,
conmutando
la
expresada
pena
privativa
de
libertad
por
la
.d~
seis
años
y
un
día
de
presidio
mayor.
Dado
en
Madrid
a
veintitrés
de
abril
de
mil
novecientos
setenta
y
siete.
JUAN
CARLOS
El
Ministro
de
Justicia,
LANDELINO
LAVrLLA ALSINA
REAL
DECRETO
1334/1977,
de
3'.
de
mayo,
por
el
que
88
concede
la
nacionalidad
española
por
carta
de
naturo!eza
a
doña
Esperanza
TaraD
Buepano,
Visto
el
expediente
incoado
en
este
Centro,
a
instancia
de
doña
Esperanza
Torao
Buepano,
en
solicitud
de
que
le
sea
cO,n-
cedida
la
nacionalidad.
española
por
carta
de
náturaleza;
lo
dlS-
.puesto
en
el
artículo
diecinueve
del
Código
Civil
y
cumplldos
los
trámites
y
requisitos
establecidos,
a
propuelfta
del
Ministro
de
Justicia,
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Mirtistros
en
su
reunión
del
di'a
tres
de
mayo
de
mil
novecientos
setenta
y
siete,
nis
PON
CO,
Articulo
primero,':"':'Se
con~e
la
nacionalidad
española
a
doña
Esperanza
Torso
Buepano,
hija
de
Pastor
y
de
Maria
Gabriela.
• _
Articulo
segundo.-La
expresada
~oncesión
no
producirá
efectos
hasta.
que
la
interesada
Se
inscriba
como
española
en
el
Registro
OivP..
previas
las
declaraciOnes
legalmente
exigidas
y
caducará
si
se
dejen
tra'lscurrir
ei,ento
ochenta
días
desde
la
notificación
sin
cumplimentar
estas.
condioiones,
Dado
en
Madrid
a
tres
de
mayo
de
mil
novecientos
setenta
y
siete.
JUAN
CARLOS
JUAN
CARLOS
El
Ministro
de
Justicia,
LANDELINQ
LAVILLA
ALSINA
Visto
el
expediente
_
de
indulto
de_
GregoriO
Almagro
Nico~
medas.
incoado
en
virtud
de
expos\"ción
elevada
al
Gobierno
al
amparo
de
lo
diSpuesta
en
el
párrafo
segundo
del
artículo
segundo
de¡
ctM:Ugo
Penal
por
la
Autliencia
Provincial
de
Pamplona,
que
en
sentQncia
de
treinta.
de
noviembre
de
mil
novecien'tos
setenta y
seis
le
oondenlr
oomQ
actor
de-
un
delito
de
robo,
ala pena
de
seis
aftO,EJ:
y
UD
cIJa
de
presidio
mayor,
y
teniendo
8Jl
ouonta
las
circunatarnCl'6s
que
concurren
en
los
hechos.
Vistos
la
Ley
de
dieciocho
de
junio
de
mil
ochociento$
se-
tenta.
reguladora
de
la
gracia
de
indulto
y
el
Decreto
de
veíntidós
de
abril
de
mil
novecientos
treinta
y
ocho.
Oído
~
Ministerio
Fiscal
y
de
acuerdo
con
el
parecer
del
Tribunal
Sentenciador,
- a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia-
y
previa
deliberación
del
Consejo
d.
Ministros,
~n
su
reunión
del
día
tres
de.
mayo
de
mil
novecientos
seten,ta
y
siete.
Vengo
en
indultar
a
'Gregario
Almagro
Nicomedea,
conmu-
tando
la
expresada
penaprivatlva
de
libertad
por
la
de
dos
años
de
presidio
menor,
Dado
en
Madrid
a
tres
de
mayo.
de
mil
novecientos
se~
tente, y51'ete.
El
Ministro
de
Marina,
PASCUAL
PERY
JUNQUERA
El
Ministro
de
Justicia.,
LANDELINO
LAVILLA
ALSINA
MINISTERIO DE MARINA
JUAN
CARLOS
13861
REAL
DECRETO
1325/1977,
de7
de
junio,
por
el
que
se
concede
la
Gran
Cruz
del
Mérito
Naval,
con
distintivo
blanco,
al
Comandante
General
de
la
Infantería
de
Marina
de
los
Estado~
Unidos
de
América
General
Louis
H.
Wilson.
En
Consideración
a-las
circunstancias
qtie
concurren
en
el
Comandante
General
de
la
Infantería
de
Marina
de
los
Estados
Unidos
de
América,
General
Louis
H:
Wilson.
Vengo
en
concederle
la
G:mn
Cruz
del
Mérito
Naval,
con
distintivo
blanco.
Dado
en
Madrid
a
siete
de
junio
,de
mil
novecientos
_setenta
y
siete.
REAL
DECRETO
1332/1(1'17, de 3
de
mayo.
por
el
que
86
indulta
parcialmente
a
Gregario
Almagro
Nicomedes.
.
13858
,
,
I
;

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