REAL DECRETO 1617/1998, de 17 de julio, por el que se indulta a don Francisco Garro Pérez.

MarginalBOE-A-1998-19766
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyReal Decreto

Visto el expediente de indulto de don Francisco Garro Pérez, con los

informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en

virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en

el artículo 4, apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de lo

Penal número 5 de San Sebastián que, en sentencia de fecha 12 de mayo

de 1995 le condenó, como autor de un delito de negativa a la realización

del servicio militar, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de

prisión menor e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena

y accesorias, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta de la

Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en

su reunión del día 17 de julio de 1998,

Vengo en indultar a don Francisco Garro Pérez la pena privativa de

libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás

pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a

cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la

condena.

Dado en Madrid a 17 de julio de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

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