Real Decreto 1438/1995, de 4 de Agosto, por el Que Se Indulta a Don Eduardo Manuel Escribano Pore.

MarginalBOE-A-1995-20534
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia e Interior
Rango de LeyReal Decreto

Visto el expediente de indulto de don Eduardo Manuel Escribano Pore, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 3 de octubre de 1985, como autor de un delito de robo con intimidación, a la pena de cuatro años dos meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 6 de noviembre de 1980; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de agosto de 1995,

Vengo en indultar a don Eduardo Manuel Escribano Pore la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Palma de Mallorca a 4 de agosto de 1995.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia e Interior,

JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR