DECRETO 202/1991, de 5 de noviembre, por el que se regula la concesión para la gestión indirecta por parte de las Corporaciones Municipales del servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

El artículo 16.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma, en el marco de las normas básicas del Estado, las competencias del desarrollo legislativo y la ejecución del régimen de Radiodifusión, en los términos establecidos en la Ley que regula el Estatuto Jurídico de la Radio y Televisión. La Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, dispone en el artículo 26 de los Servicios de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia podrán ser explotados indirectamente, mediante concesión administrativa, por las Corporaciones Locales.

Son de aplicación general a los servicios de Radiodifusión Sonora que puedan explotar por gestión directa las Corporaciones Locales, tanto los aspectos regulados por la Ley 321/1987 y la Ley 11/1991, de 8 de abril, de Organización y control de las Emisoras Municipales de Radiodifusión Sonora, como lo previsto en el Real Decreto 169/1989, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia. Establecido el marco general, es necesario, por parte de la Administración Autónoma, regular el procedimiento de concesión administrativa para la gestión indirecta de Emisoras de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR