Indemnizaciones derivadas de la responsabilidad empresarial por accidentes de trabajo: prueba y cuantificación

AutorCarlos L. Alfonso Mellado
Páginas55-81
55
Indemnizaciones derivadas de la responsabilidad empresarial
por accidentes de trabajo: prueba y cuantificación
Compensation arising from employers liability for accidents at
work: evidence and quantification
Resumen
Abstract
El presente estudio analiza la responsabilidad
empresarial por incumplimiento de normas
preventivas relativas a la seguridad y salud de los
trabajadores. El estudio se centra en la
compensación de los daños sufridos por el trabajador
o sus familiares. Los aspectos que se abordan son las
reglas jurídicas aplicables para determinar la posible
responsabilidad empresarial, que se establece como
una responsabilidad por culpa pero con reglas
probatorias que exigen que sea el empresario el que
acredite el cumplimiento de la normativa, y para
establecer la cuantía de la reparación por los daños,
diferenciando según los di ferentes tipos de daños:
físicos, morales, materiales, etc. Además se analiza
la posible compensación con las cantidades ya
percibidas de la Seguridad Social.
This study analyzes corporate liability for breach of
preventive rules related to workers’ safety and
health. The study focuses on the compensation for
damages suffered by the worker or his/her family.
The issues addressed are the legal rules applicable in
order both to determine th e possible eventual
employers liability, which is established as a fault-
based liability but governed by evidentiary rules that
require the employer to prove compliance with the
rules, and to establish the amount of compensation
for damages, differentiating them according to the
different types of damages: physical, moral,
material, etc. The possible compensation with th e
amounts already received from the Social Security is
also discussed.
Palabras clave
Keywords
Accidente; Enfermedad; Daños; Indemnización;
Responsabilidad
Accident; Disease; Damage; Compensation;
Responsibility
1. INTRODUCCIÓN
La obligación e mpresarial en materia de seguridad y salud laboral conlleva u n deber
de protección al trabajador cuyo incumplimiento puede generar una responsabilidad
indemnizatoria que compense a este o sus causahabientes de los daños sufridos.
No es solo que así sería en virtud de las reglas s obre responsabilidad contractual d e
Código Civil (CC), es que existen previsiones expresas al respecto en la pr opia legislación
sobre prevención de riesgos laborales.
El artículo 42 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de R iesgos
Laborales (LPRL) ya señala que el incumplimiento por parte de los empresarios de sus
obligaciones en materia preventiva d ará lugar a responsabilidades administrativas, así como
a las penales y a las civiles po r los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho
incumplimiento.
Revista de Derecho de la Seguridad Social. LABORUM nº1
56
Es más, existen previsiones sobre posible aseguramiento de esta responsabilidad,
lógicamente de las indemnizaciones (art. 15.5 LPRL), y en el ámbito de la Seguridad Social
existe el denominado recargo sobre las prestaciones, que recae sobre el empresario infractor
cuando se generen prestaciones por accidente de trabajo o enfermedad profesional que
deriven de daños provocados concurriendo incumplimientos de nor mas preventivas (art. 123
del Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social (TRLGSS) aprobado por Real
Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio).
En la actualidad todas estas reclamaciones son competencia del orden jurisdiccional
social, como co nfirman los art s. 2 b) y e) y 3 b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
Reguladora de la Jurisdicción Social (LJS), que solo excluye de la competencia de este orden
las acciones entre empresarios y las personas obligadas a coordinar con e llos la prevención o
que hayan asumido la responsabilidad de organizar los servicios preventivos.
Son pues competencia del orden so cial las acciones que se planteen contra el
empresario y otros sujetos, incluso en atención a responsabilidad extracontractual y, por
supuesto, las que se dirijan contra otros compañeros de t rabajo, mandos, directivos, etc., por
esta materia
1
.
Es más, el orden social es el orden natural para resolver todas las cuestiones derivadas
del accidente de trabajo y la enfermedad pro fesional ya que, no solo entiende de las
reclamaciones indemnizatorias incluso de cualquier empleado público o trabajador autónomo
económicamente dependiente (art. 2 d) y e) LJSS), sino de todas las re lativas a las
prestaciones de la Seguridad So cial (art. 2 o) LJSS) y de las reclamaciones y recursos contra
actuaciones sancionadoras derivadas de las actas de la Inspección de Trabajo en la materia
(art. 2 n) LJSS).
Sin duda esto, aunque no so lvente todos los problemas, evita el peregrinaje
jurisdiccional y permite un tratamiento más uniforme e integrado de todas las cuestiones
relativas al accidente de trabajo y la enfermedad profesional, especialmente si se cumplen las
reglas sobre acumulación y reparto establecidas en la LJS en las que no me puedo detener.
Lo cierto es que la llegada de estas cuestiones al orden social y la aclarada
competencia del mismo sobre ellas han hecho revivir debates tradicionales
2
.
1
Lo que ya debería entenderse así c on la anterior regulación sustantiva y procesal, pero que, desde la entrada en
vigor de la LJS es incuestionable, como establece STS 30-10-12, Recurso 2692/2011. Todas las sentencias s on del
orden social salvo que se indique lo contrario y normalmente las del TS en unificación de doctrina.
2
La doctrina se ha ocupado ampliamente de estas cuestiones; por razones de espacio prescindiré de citas
doctrinales, pero es bueno ofrecer una serie de trabajos doctrinales, muchos de ellos clásicos en la materia, que
permiten ampliar cuanto aquí se dice; sin ánimo exhaustivo, prescindiendo de las numerosas aportaciones en
revistas, de otras obras mías y de las relativas al análisis más centrado en la prevención o en el recargo de
prestaciones, aunque todas ellas son también de utilidad, y entre otras pueden verse, a título de ejemplo, las
siguientes obras:
CALVO GALLEGO, F. J.: La obligación general de prevención y la responsabilidad civil o contractual del empleador,
Pamplona, Aranzadi, 1998.
CAMAS RODA, F. “La responsabilidad civil por daños en el Derecho del Trabajo” en VV.AA. La responsabilidad
civil por daños en las relaciones laborales (AEDTSS), Madrid, Cinca, 2013, págs. 19 a 84.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR