SAP Valladolid 163/2005, 24 de Mayo de 2005

PonenteFELICIANO TREBOLLE FERNANDEZ
ECLIES:APVA:2005:648
Número de Recurso342/2005
Número de Resolución163/2005
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 2ª

D. FELICIANO TREBOLLE FERNANDEZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

VALLADOLID

SENTENCIA: 00163/2005

Rollo : 0000342 /2005

Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 3 de VALLADOLID

Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 0000748 /2004

SENTENCIA Nº163/05

En VALLADOLID a veinticuatro de mayo de dos mil cinco

El Ilmo. MAGISTRADO D. FELICIANO TREBOLLE FERNANDEZ de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid, ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal del Juicio de Faltas expresado, siendo partes en esta instancia, como apelantes: Almudena y Mapfre Seguros Generales S.A, y, como apelados: Ricardo y Ignacio .

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. El Juez de Instrucción nº 3 de Valladolid, con fecha 2/04/2005 dictó sentencia en el Juicio de Faltas de que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes:

    "UNICO.- Resulta probado que sobre las veintidós horas del dia 28 de junio de 2004 en la plaza Mayor sita en el Barrio de las Flores, el menor Ernesto estaba jugando cuando un perro de raza Rottweiler propiedad de Almudena tiró de la zapatilla que no tenia talón y se la quitó cayendo al suelo; que seguidamente al observar tal circunstancia Ricardo que iba con un perro de raza Alaska acudió al lugar siendo atacado por el referido perro que le mordió en la zona gemelar de la pierna derecha, causándole heridas inciso contusas y con posterioridad neuroma cicatricial lesiones que requirieron tratamiento médico y de las que tardó en curar 95 dias durante los cuales estuvo impedido para sus ocupaciones habituales siendo 7 dias de hospitalización, quedándole como secuelas 3 cicatrices de un centímetro en tercio medio de la cara anterior de la pierna derecha y cicatriz de 9,5 centimetros a nivel del tercio medio y del tercio inferior de la cara posterior de la pierna derecha y neuroma cicatricial. Que el perro está asegurado por Mapfre. Que Ricardo tuvo daños en la ropa al quedar rota por la mordedura y gastos de asistencia médico por importe de 4887,74 euros. Que el menor Ernesto sufrió pesadillas como consecuencia del incidente con el perro, lesiones que requirieron una primera asistencia facultativa y de las que tardó en curar 15 dias sin impedimento.

  2. La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:

    "Que debo condenar y condeno a Almudena como autor de una falta de imprudencia leve con resultado de lesiones prevista y penada por el articulo 621,3 del Código penal, a la pena de QUINCE DIAS DE MULTA a razón de 3 euros (tres euros) por cada uno de ellos a abonar en el plazo de quince dias, desde que una vez firme la sentencia sea requerida para su pago con responsabilidad subsidiaria caso de impago de un dia de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, condenándole al abono de la costas procesales, y que indemnice a Ignacio como padre del menor Ernesto en la cantidad de 450 euros (cuatrocientos cincuenta euros) y a Ricardo en la cantidad total de 22797,74 euros (veintidós mil setecientos noventa y siete euros con setenta y cuatro céntimos) en virtud de lo dispuesto en el fundamento de derecho cuarto de la presente resolución, y en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por los daños en vestuario, declarándose la responsabilidad civil directa de Mapfre."

  3. Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por Almudena y Mapfre Seguros Generales S.A, que fue admitido en ambos efectos, y practicados los trámites oportunos, fueron elevadas las actuaciones a...

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