SAP Granada 192/2007, 4 de Mayo de 2007

PonenteEDUARDO LUIS MARTINEZ LOPEZ
ECLIES:APGR:2007:1638
Número de Recurso920/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución192/2007
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA

SECCIÓN QUINTA

ROLLO NÚM. 920/2006- AUTOS NÚM. 593/05

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº DOCE - GRANADA

ASUNTO: JUICIO ORDINARIO

PONENTE: Sr. DON EDUARDO LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ

S E N T E N C I A N Ú M. 192

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. ANTONIO MASCARÓ LAZCANO

MAGISTRADOS

D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ

D. EDUARDO LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ

En la Ciudad de Granada, a cuatro de mayo de dos mil siete.

La Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, constituida por los Iltmos. Sres. al margen relacionados, ha visto en grado de apelación -rollo núm 920/06-, los autos de Juicio Ordinario nº 593/05, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de los de Granada, sobre Reclamación de cantidad, seguidos a virtud de demanda interpuesta por ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. y HORTÍCOLAS DE ZAFARRAYA, S.L. contra COMPAÑÍA SEVILLANA DE ELECTRICIDAD, S.A. ENDESA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el mencionado Juzgado se dictó Sentencia el día 27 de Junio de 2.006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Que debo estimar y estimo la demanda formulada por Dª Elisa, procuradora de los tribunales en nombre y representación de Hortícolas de Zafarraya, S.L. y Allianz Seguros y Reaseguros, S.A., contra la Cia. Sevillana de Electricidad, S.A. Endesa, debiendo condenar y condeno a la demandada a que abone a Allianz, S.A. la cantidad de4.668´79 € mas intereses legales y a la entidad Hortícolas de Zafarraya, S.L. la cantidad de 4.823,66 € más intereses legales, así como al pago de las costas procesales"

SEGUNDO

Que, contra dicha Sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, al que se opuso la parte contraria; una vez elevadas las actuaciones a este Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.

TERCERO

Que, por este Tribunal, se han observado las formalidades legales en esta alzada.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. EDUARDO LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la resolución recurrida en cuanto no se opongan a los que seguidamente se consignan, fundamentando por remisión respecto a los mismos.

SEGUNDO

Por la representación procesal de la entidad "Hortícolas de Zafarraya, S.L." y de la Compañía "Allianz Seguros y Reaseguros, S.A." (en su calidad de aseguradora de aquella), se presenta ante los Juzgados de Primera Instancia de Granada demanda, por los trámites de Juicio Ordinario, contra la Entidad Mercantil "Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. Endesa", basando su petición en que, debido a cortes y fluctuaciones del suministro eléctrico, se habían producido daños en las instalaciones de la primera demandante por importe de 9.492´45 €, de los que su aseguradora les había abonado 4.668´79 €, por lo que Hortícolas de Zafarraya S.L. reclama la diferencia, esto es, 4.823´66 € y su aseguradora la suma por ella pagada. Tras la tramitación procesal correspondiente, por el Juzgado de Primera Instancia nº 12 de los de Granada se dicta el fallo cuya parte dispositiva queda reflejado en el antecedente primero de la presente resolución, en la que se admiten las peticiones de la demanda.

TERCERO

Contra dicha resolución se alza la parte demandada, basando su recurso en dos motivos, el primero, excepción de falta de legitimación activa de Allianz S,.A., y, el segundo, error en la apreciación de la prueba.

El primero de dichos motivos, falta de legitimación activa de la Aseguradora demandante, lo basa la recurrente en que no se ha acreditado en autos la existencia de una relación contractual de seguro entre las partes, lo que, según criterio del Juzgador de Instancia, que comparte esta Sala, no es correcto, ya que de la documentación aportada si se desprende la existencia de un seguro que cubría los daños de las instalaciones de Hortícolas de Zafarraya, S.L. y ese seguro estaba suscrito con la Cia. actuante. Y así, del examen de las actuaciones, puede verse a los folios 26 y 27 de autos el informe del...

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