STSJ Cataluña , 4 de Noviembre de 1999

PonenteLUIS MARIA DIAZ VALCARCEL
Número de Recurso722/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso nº 722/97 Partes: Valentina C/ AYUNTAMIENTO DE RIPOLLET SENTENCIA Nº 1084 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ MAGISTRADOS D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS D. LUIS Mª DIAZ VALCARCEL En la ciudad de Barcelona, a cuatro de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

722/97, interpuesto por Dª Valentina , representada por el Procurador D. Francisco Pascual Pascual y asistida por el Letrado D. Manuel Rodríguez Mondelo, contra AYUNTAMIENTO DE RIPOLLET, representado y asistido por el Letrado D. Rafael Blanes Navarro.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS Mª DIAZ VALCARCEL, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador D. Francisco Pascual Pascual, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución de 22 de enero de 1.997 del Ayuntamiento de Ripollet, desestimatoria del recurso de reposición formulado contra liquidación girada en concepto de Impuesto de incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza urbana.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por Auto de 24 de marzo de 1.998, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba solicitado por las partes actor a y demandada, practicándose las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado obrante en autos Seguidamente se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron, haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación y finalmente se señaló día y hora para votación y Fallo que ha tenido lugar el 2 de noviembre del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de Valentina tiene por objeto la pretensión anulatoria de la resolución de fecha 22 de enero de 1.997 de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Ripollet que desestima el recurso de reposición formulado contra...

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