STSJ Cataluña 651/2007, 12 de Junio de 2007
Ponente | MARIA PILAR GALINDO MORELL |
ECLI | ES:TSJCAT:2007:7395 |
Número de Recurso | 8/2007 |
Número de Resolución | 651/2007 |
Fecha de Resolución | 12 de Junio de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 651 / 2007
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN
MAGISTRADOS
Dª. MARIA JESUS E. FERNANDEZ DE BENITO
Dª. PILAR GALINDO MORELL
En la ciudad de Barcelona, a doce de junio de dos mil siete
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA ), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación nº 8/2007 , interpuesto por Luis María , representado el Procurador SR. D. MANUEL SUGRAÑES PEROTES , contra AJUNTAMENT DE VALLS , representado por el Procurador SR. D. FCO. JAVIER RANERA CAHIS .
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. PILAR GALINDO MORELL , quien expresa el parecer de la SALA.
La sentencia apelada contiene la parte dispositiva del siguiente tenor: "Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Luis María , contra el Ayuntamiento de Valls, y en su consecuencia debo declarar y declaro ajustada a derecho la resolución recurrida, de fecha 18 de noviembre de 2005, confirmatoria en via de reposición de la previa resolución de fecha 22 de junio de 2004 por la que se efectuaba la liquidación del impuesto sobre el incremento del valor de terrenos de naturaleza urbana en el expediente 876/2000, relativo a determinada finca sita en la C/ DIRECCION000 de Valls. Sin que proceda hacer expresa imposición de las costas procesales causadas.".
Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido, por elTribunal de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, personándose en tiempo y forma las partes apelante y apelada.
Desarrollada la apelación y tras los oportunos tramites legales que prescribe la Ley Jurisdiccional en su respectivos articulos, en concordancia con los de la L.E.C., se señaló a efectos de votacion y fallo la fecha correspondiente .
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
El particular recurrente impugna en la presente alzada la sentencia de fecha 17 de octubre de 2006, dictada por el Juzgado de lo Contencioso núm. 2 de los de Tarragona y su Provincia, desestimatoria del recurso contencioso administrativo ordinario núm. 20/2006 interpuesto contra resolución del Ayuntamiento de Valls de fecha 18 de noviembre de 2005 desestimatoria del recurso de reposición deducido por el recurrente frente a liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, relativa a la finca sita en la calle DIRECCION000 nº NUM000 de la localidad de Valls, con referencia catastral NUM001 .
El ámbito de la presente apelación se ciñe a determinar la corrección o no de la liquidación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, girada por el Ayuntamiento de Valls, como consecuencia de la agrupación de varias fincas propiedad del recurrente y segregación de una parte de la resultante (número de protocolo 1903), y posterior transmisión, número de protocolo 1904, a la entidad mercantil "RESIDENCIAL LA VERNEDA, S.L.", existiendo disconformidad en relación al valor catastral asignado a la finca.
La sentencia de instancia fundamenta su pronunciamiento desestimatorio en base a los siguientes motivos: por un lado y en relación a la indefensión procedimental alegada, en que la Administración autora del acto de modificación de valores no es la misma Administración autora de la resolución recurrida y que si no se le comunicó al recurrente la asignación de valor a la...
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