STSJ Murcia , 16 de Marzo de 2001

PonenteMARIA ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA
ECLIES:TSJMU:2001:699
Número de Recurso178/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

4 ROLLO DE APELACIÓN nº 178/2000 SENTENCIA nº 175/2001 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCION PRIMERA compuesta por los Iltmos. Sres.:

D. JOSÉ ABELLÁN MURCIA Presidente Dª Mª ESPERANZA SÁNCHEZ DE LA VEGA D. LUIS FEDERICO ALCÁZAR Y VIEYRA DE ABREU Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A Nº 175/2001 En Murcia, a dieciséis de Marzo de dos mil uno. En el Rollo de Apelación nº 178/2000 seguido por interposición de recurso de apelación contra la sentencia nº 444 de 22 de septiembre de 2000, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Uno de Murcia dictada en el recurso contencioso administrativo 315/2000, tramitado por las normas del procedimiento ordinario, en cuantía de 234.461.606 pesetas, en el que figuran como parte apelante SOCIEDAD MINERO Y METALÚRGICA DE PEÑARROYA ESPAÑA, S.A., representada por el Procurador don Tomás Soro Sánchez y defendida por el Letrado don Pablo González Fernández y como parte apelada AYUNTAMIENTO DE MAZARRÓN, representado por la Procurador doña María José Sánchez Rex Campillo y defendido por el Letrado don Pablo Martínez Talavera; siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. doña Mª

ESPERANZA SÁNCHEZ DE LA VEGA, quien expresa el parecer de la Sala.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso de apelación se interpuso en fecha 16 de octubre de 2000 por la actora "Sociedad Minero y Metalúrgica de Peñarroya España, S.A." (en liquidación).

SEGUNDO

El Ayuntamiento de Mazarrón presentó escrito de oposición al recurso el día 26 de octubre de 2000.

TERCERO

No se solicitó el recibimiento a prueba, y no se consideró necesaria la celebración de vista ni la presentación de conclusiones. Se señaló para votación y fallo el día 9-3- 2001 II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia apelada desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por "Sociedad Minero y Metalúrgica de Peñarroya España, S.A." (en liquidación), contra la resolución de la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Mazarrón de 28 de febrero de 2000, por la que se desestima el recurso de reposición formulado contra diligencia de embargo de bienes inmuebles practicada en expediente de apremio nº 230/91, seguido por falta de ingreso de liquidación por el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos, por ser dichos actos conformes a Derecho.

En el recurso de apelación se alega en primer lugar la infracción del art. 67.1 de la Ley 29/98, por falta de congruencia; así, se dice que no hay motivación acerca de la alegación de la indebida rehabilitación del deudor tributario una vez que se ha declarado la insolvencia del mismo, iniciado el procedimiento de derivación de responsabilidad contra los administradores y notificado a los mismos para que efectúen alegaciones.

Se dice también que no es cierto que se incurriera en desviación procesal al pedir la anulación del acuerdo del Pleno municipal de 28 de septiembre de 1999; en este sentido se alega que el escrito de interposición es un escrito antiformalista en el que no se determina pretensión alguna; en cuanto a que no se pidió la ampliación de la demanda, se dice que no se entiende esta visión "civilista" de la ampliación procesal en el ámbito de lo contencioso.

Respecto de la prescripción dice que la argumentación de la sentencia sería válida, si se hubiera suspendido la ejecución del acto administrativo, pero en el presente caso, se inició la ejecución del mismo; se alega que una vez iniciados los actos tendentes al pago de la...

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