STSJ Cataluña , 12 de Abril de 2000
Ponente | LUIS MARIA DIAZ VALCARCEL |
ECLI | ES:TSJCAT:2000:5000 |
Número de Recurso | 1400/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 12 de Abril de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Recurso n° 1400/97 (y 1401/97 acumulado)
Partes: Leonardo y Jose Augusto C/ Ayuntamiento de Montseny SENTENCIA N°334 Ilmos. Sres.
PRESIDENTE D. JOSÉ JUANOLA SOLER MAGISTRADOS D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS D. LUIS MARÍA DÍAZ VALCÁRCEL En la ciudad de Barcelona, a doce de abril de dos mil. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°
1400/97 (y 1401/97 acumulado), interpuesto por D. Leonardo y D. Jose Augusto , representados y defendidos por el Letrado D. Jordi Torné Puig, contra el Ayuntamiento de Montseny, representado y defendido por el Letrado D. Jordi Grau Gratacós. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS MARÍA DÍAZ VALCÁRCEL, quien expresa el parecer de la SALA.
Por el Letrado Sr. Torné Puig, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra resolución de 11.6.97 desestimatoria de los recursos de reposición interpuestos contra liquidaciones n°s. 000051/97 y 000062/97 de la finca sita en la PLAZA000 n°
NUM000 .
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción. Por Auto de 26 de septiembre de 1997 se acordó la acumulación de los procedimientos números 1400/97 y 1401/97 , siguiéndose tramitación única; y, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Se continuó el procedimiento por el trámite de conclusiones sucintas, que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 4 de abril del año en curso.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
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