SAP Santa Cruz de Tenerife 86/2007, 7 de Marzo de 2007

PonentePABLO JOSE MOSCOSO TORRES
ECLIES:APTF:2007:501
Número de Recurso461/2006
Número de Resolución86/2007
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

S E N T E N C I A N.º 86.

Rollo n.º 461/06.

Autos n.º 483/06.

Juzgado de 1ª Instancia n.º 4 de La Laguna.

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Pablo José Moscoso Torres.

MAGISTRADOS

Don Emilio Fernando Suárez Díaz.

Doña Pilar Aragón Ramírez.

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En Santa Cruz de Tenerife, a siete de marzo de dos mil siete.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de La Laguna, en los autos n.º 483/06, seguidos por los trámites del juicio Inventario y promovidos, como demandante, por DOÑA Ana, que ha comparecido ante este Tribunal por la Procuradora Doña Isabel Lage Martínez y dirigida por el Letrado Don Francisco Javier Ruiz Ayucar Seifert, contra DON Alfredo, que ha comparecido ante este Tribunal representado por la Procuradora Doña Mª Eugenia Beltrán Gutiérrez y dirigido por el Letrado Don Manuel Coello Batista; ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Pablo José Moscoso Torres, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados la Ilma. Sra. Magistrado-Juez Doña Raquel Díaz Díaz dictó sentencia el catorce de julio de dos mil seis cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Debo acordar y acuerdo la aprobación de la propuesta de inventario de la comunidad matrimonial en los términos formulada por la parte actora en su demanda inicial, con la única exclusión de los frutos, rentas e intereses de la finca denominada DIRECCION003. Todo ello con imposición de las costas causadas en la sustanciación del presente a la parte demandada».

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandada, en el que solicitaba que se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó, además, emplazar a dicha parte por veinte días para la interposición de tal recurso; en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandante, presentó escrito de oposición al mencionado recurso.

CUARTO

Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición a esta Sala, se acordó, una vez recibidos y mediante providencia de veintitrés de octubre pasado, incoar el presente rollo, designar Ponente, y, por auto de nueve de enero, no admitir la prueba propuesta en el escrito de interposición del recurso; seguidamente se acordó señalar para la votación y fallo del presente recurso el día veintiocho de febrero del año en curso, en el que ha tenido lugar la reunión del Tribunal al efecto.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso de apelación interpuesto se impugna la decisión de incluir en el inventario formado para la liquidación de la sociedad de gananciales formada por las partes, las fincas de " DIRECCION000 " y de " DIRECCION001 ", así como la construcción existente en la finca " DIRECCION002 ".

SEGUNDO

El recurso debe estimarse en lo que se refiere a la finca de " DIRECCION001 ". En efecto, se trata de un finca cuya consideración de ganancial proviene de un documento privado de compraventa suscrito en 1982 por la que la madre del demandado le vendía un trozo de terreno sito en el lugar; sin embargo, éste ha alegado que no tomó posesión de la finca ni, por tanto, la adquisición llegó a consumarse, como lo acredita el hecho de que la misma finca se vendiera en escritura pública por su madre en el año 1990, inscribiéndose la misma en el...

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