Incentivos fiscales a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica del grafeno

AutorIsabel Gil Rodríguez
Páginas369-400
CAPÍTULO XVI
Incentivos iscales a la
investigación, desarrollo e innovación
tecnológica del grafeno498
1. Ayudas y medidas de estímulo
a la investigación e innovación
en la Unión Europea
Uno de los objetivos de la Unión Europea (UE) es potenciar la inves-
tigación, el desarrollo y la innovación, tal y como se desprende del art. 179
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, TFUE.500 Se considera
498 Trabajo f‌inanciado parcialmente por el Fundo Mackenzie de Pesquisa. Trabajo incar-
dinado en el ámbito de actuación del Instituto Multidisciplinar de Empresa.
499 Profesora Contratada Doctora Área de Derecho Financiero y Tributario de la Facul-
tad de Derecho de la Universidad de Salamanca.
500 El Título XIX TFUE, arts. 179-190, se encarga de la «Investigación y desarrollo tec-
nológico y espacio». Dispone el art. 179 TFUE: «1. La Unión tendrá por objetivo
fortalecer sus bases científ‌icas y tecnológicas, mediante la realización de un espacio
europeo de investigación en el que los investigadores, los conocimientos científ‌icos
y las tecnologías circulen libremente, y favorecer el desarrollo de su competitividad,
incluida la de su industria, así como fomentar las acciones de investigación que se
consideren necesarias en virtud de los demás capítulos de los Tratados. 2. A tal f‌in,
la Unión estimulará en todo su territorio a las empresas, incluidas las pequeñas y
medianas, a los centros de investigación y a las universidades en sus esfuerzos de
Isabel Gil Rodríguez499
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GRAFENO, INNOVACIÓN, DERECHO Y ECONOMÍA
ISABEL GIL RODRÍGUEZ
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necesario invertir en investigación e innovación para generar crecimiento
económico y creación de empleo en Europa. En dicha tarea, puede acudir
a distintas fórmulas, unas basadas en incrementar el gasto público y otras
que pongan su punto de mira en una disminución de ingresos públicos.501
Los Estados pueden incrementar su gasto público otorgando ayudas
directas a la I+D+i, instrumentadas a través de subvenciones, préstamos,
proyectos de inversión pública, etc. La UE pretende que, en el período
comprendido entre el 2014 y el 2020, se invierta el 3% del PIB en inves-
investigación y de desarrollo tecnológico de alta calidad; apoyará sus esfuerzos
de cooperación con el f‌in, especialmente, de permitir que los investigadores coo-
peren libremente por encima de las fronteras y que las empresas aprovechen las
posibilidades del mercado interior, en particular por medio de la apertura de la
contratación pública nacional, la def‌inición de normas comunes y la supresión de
los obstáculos jurídicos y f‌iscales que se opongan a dicha cooperación. 3. Todas las
acciones de la Unión que se realicen en virtud de los Tratados, incluidas las accio-
nes de demostración, en el ámbito de la investigación y del desarrollo tecnológico
se decidirán y se ejecutarán de conformidad con lo dispuesto en el presente título.»
501 El gasto en inversión, pública o privada, que realiza un país incide satisfactoria-
mente en su crecimiento económico, productividad, empleo de calidad, etc. Cfr.
RUBIO GUERRERO, J.J.: «Incentivos f‌iscales a la inversión empresarial en el Im-
puesto de Sociedades», Cim.economía, nº 16, 2010, págs. 257-280. Como señala
GUERVÓS MAÍLLO, M.A.: «Benef‌icios f‌iscales: ¿uso o abuso?», VVAA Estudios de
Derecho Financiero y Tributario en homenaje al Profesor CALVO ORTEGA, Lex Nova,
Valladolid, 2005, págs. 317-349, al referirse a los benef‌icios tributarios a las activi-
dades de investigación e innovación, págs. 325-326: «No cabe duda hoy en día de
la importancia que el impulso inversor en innovación y nuevas tecnologías tiene
de cara a la obtención de un desarrollo económico continuado y estable. Incentivar
la investigación, el desarrollo y la innovación constituye una obligación inexcusa-
ble de las Administraciones públicas, ya que estas variables tienen una incidencia
directa en las funciones que tradicionalmente se han atribuido al Sector Público:
mejorar la asignación de recursos, redistribuir la renta y riqueza, y potenciar la
estabilidad y desarrollo económico. Las políticas de apoyo del Sector Público a la
investigación, entendida ésta en sentido amplio, que implican recursos presupues-
tarios, se pueden efectuar básicamente a través de dos líneas distintas: Mediante
medidas que supongan gasto público directo y/o a través de la concesión de bene-
f‌icios f‌iscal, que si bien no generan gasto público directo suponen un gasto f‌iscal
que se ref‌leja en la reducción de los ingresos tributarios».
CAPÍTULO XVI INCENTIVOS FISCALES A LA INVESTIGACIÓN, DESARROLLO371
tigación e innovación entre los sectores público y privado. A tal efecto, en
enero de 2014, puso en marcha el actual programa marco plurianual de
investigación, de 7 años de duración, denominado Horizonte 2020.502 Ac-
tualmente, una de las prioridades de los Estados Miembros es la investiga-
ción en grafeno. De hecho, el grafeno ha sido reconocido como una de las
futuras tecnologías emergentes (Future and Emerging Technologics, FET) y
ha dado lugar al proyecto europeo de investigación «Graphene», incluido
en el programa FET FLAGSHIP, dentro de Horizonte 2020503, que cuenta
con una inversión de 1000 millones de euros en 10 años. De este proyec-
to forman parte investigadores de 23 países europeos y 140 organizacio-
nes privadas y públicas, en el que la participación de España es más que
notable, aunque detrás Alemania e Italia. Estamos ante una de las mayo-
res iniciativas europeas de investigación, iniciada en 2013, cuyo objetivo
es trasladar, en un período de 10 años, el grafeno de los laboratorios a
nuevos sectores (microelectrónica, energía, aeronáutica, biomateriales).504
El incremento de número de patentes sobre investigaciones realizadas en
torno a la producción y aplicación del grafeno es una realidad. Asimismo,
conviene añadir que en el ámbito comunitario se han establecido normas
para facilitar el otorgamiento de ayudas de los Estados Miembros y apoyar
las actividades de I+D+i. La Comisión Europea ha aprobado la Comunica-
ción «Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación
(2014/c 198/01)»505, en la que f‌ija las condiciones que deben cumplir los
502 Cfr. «Comprender las políticas de la Unión Europea: Investigación e innovación», Co-
misión Europea, 2014. https://europa.eu/european-union/topics/research-innova-
tion_es
503 Un resumen de la política y estrategia Europa de investigación, desarrollo e inno-
vación, vid.http://www.idi.mineco.gob.es/
504 Cfr. nota de prensa del Ministerio de Economía y Competitividad: «FET FLAGS-
HIP. España participa en los dos grandes proyectos europeos de investigación». Vid.
http://www.idi.mineco.gob.es/stf‌ls/.../Prensa/.../130128_NPFLAGSHIP.pdf
505 Cfr. http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52014
XC0627(01)

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