SAP Barcelona 213/2005, 21 de Abril de 2005

PonenteENRIQUE ALAVEDRA FARRANDO
ECLIES:APB:2005:3899
Número de Recurso1046/2004
Número de Resolución213/2005
Fecha de Resolución21 de Abril de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCION DECIMOCTAVA

ROLLO Nº 1046/2004

INCAPACIDAD NÚM. 35/2004

JUZGADO de PRIMERA INSTANCIA 4 GAVÀ

S E N T E N C I A Núm. 213/05

Ilmos. Sres.

  1. ENRIC ANGLADA FORS

    Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO

  2. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO

    En la ciudad de Barcelona, a veintiuno de abril de dos mil cinco.

    VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Incapacidad, número 35/2004 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Gavà, a instancias del MINISTERIO FISCAL respecto de DON Luis Angel ; los cuales penden ante esta superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 8 de septiembre de 2004, por el Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando en los sustancial la demanda de Juicio Verbal de Incapacidad, promovido a instancia del Ministerio Fiscal, en solicitud de Declaración de incapacidad; DEBO DECLARAR Y DECLAO a todos los efectos procedentes en derecho, que Luis Angel es totalmente incapaz para gobernarse por si mismo y administrar sus bienes sin que pueda realzar validamente ningún acto de la vida civil, ni de derecho público ni privado; declarándole, asimismo, incapaz para el ejercicio del derecho de sufragio activo y pasivo. Asimismo, se atribuye, en beneficio del incapaz, su tutela, a Lucía, bajo la vigilancia del Ministerio Fiscal y con arreglo a las disposiciones aplicables al caso, que será efectiva una vez sea aceptado el cargo de tutor.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, y admitido el mismo, fueron elevadas las actuaciones a esta Audiencia, y comparecidas las partes, se siguieron los trámites legales teniendo lugar la vista pública el día 19 de abril del 2005 con asistencia del Ministerio Fiscal.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el magistrado Ilmo. Sr. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso de apelación por la representación de la parte demandada, solicitando se modifique la declaración de incapacidad total, y se declare la incapacidad parcial de Don Luis Angel .

El Ministerio Fiscal solicita la confirmación de la sentencia de instancia.

SEGUNDO

Debemos decir en relación a la incapacidad que el art. 200 CC nos da un genérico y flexible concepto general diciendo que son causas de incapacitación las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que impidan a la persona gobernarse por sí misma, que siguiendo las directrices de la doctrina y la jurisprudencia se ha suprimido la expresión "locos o dementes" a que se refería el art. 200 del Código Civil antes de la reforma de esta materia, siendo que en el apartado segundo del art. 32 CC, suprimido por aquella, se refería a "la...

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