STSJ Cataluña 384/2008, 13 de Mayo de 2008
Ponente | MANUEL TABOAS BENTANACHS |
ECLI | ES:TSJCAT:2008:7241 |
Número de Recurso | 446/2005 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 384/2008 |
Fecha de Resolución | 13 de Mayo de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
RECURSO Nº: 446/2005
PARTES: Magdalena
C/ GENERALITAT DE CATALUNYA Y AYUNTAMIENTO DE MALGRAT DE MAR
S E N T E N C I A Nº 384
Ilustrísimos Señores:
MAGISTRADOS
D. JOSÉ JUANOLA SOLER.
D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.
Dña. ANA RUBIRA MORENO.
BARCELONA, a trece de mayo de dos mil ocho.
Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña, el recurso contencioso administrativo nº 446/2005, seguido a instancia de Doña Magdalena,
representada por el Procurador Don CARLES ARCAS HERNANDEZ, contra la GENERALITAT DE CATALUNYA, representada
por el LLETRAT DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA y contra el AYUNTAMIENTO DE MALGRAT DE MAR, representado por
el Procurador Don FRANCISCO JAVIER MANJARIN ALBERT, en su cualidad de parte codemandada, sobre Urbanismo-
Planeamiento.
En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo.
Sr. Magistrado Don MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.
-
- El 13 de julio de 2005 la Comissió Territorial d'Urbanisme de Barcelona dictó Acuerdo por virtud del que, en esencia, se dio la conformidad al Texto Refundido el Plan de Ordenación Urbanística Municipal de Malgrat de Mar.
-
- Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, el que admitido a trámite se publicó anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia correspondiente, y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictase Sentencia estimatoria de la demanda articulada. Se pidió el recibimiento del pleito a prueba.
-
- Conferido traslado a las partes demandada y codemandada, éstas contestaron la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron de aplicación, solicitaron la desestimación de las pretensiones de la parte actora.
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- Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.
-
- Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 13 de mayo de 2008, a la hora prevista.
El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión anulatoria ejercitada a nombre de Doña Magdalena contra el Acuerdo de 13 de julio de 2005 de la Comissió Territorial d'Urbanisme de Barcelona del Departament de Política Territorial i Obres Públiques de la GENERALITAT DE CATALUNYA por virtud del que, en esencia, se dio la conformidad al Texto Refundido el Plan de Ordenación Urbanística Municipal de Malgrat de Mar.
Ha comparecido en los presentes autos el AYUNTAMIENTO DE MALGRAT DE MAR, en su cualidad de parte codemandada.
Alegada la inadmisibilidad del presente recurso contencioso administrativo por la Administración demandada haciendo valer la falta de agotamiento de la vía administrativa previa al no haberse formulado temporáneamente el recurso de alzada establecido al efecto y debidamente puesto de manifiesto, con fundamento en el artículo 69.c) en relación con el artículo 25 de nuestra Ley Jurisdiccional, debe examinarse en primer lugar, habida cuenta que sólo no prosperando la misma será posible examinar el fondo de los temas planteados.
En este punto como reiteradamente se ha tenido ocasión de ir sentando...
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STS, 20 de Octubre de 2011
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