In memoriam Aurelio Desdentado Bonete, descansa en paz

AutorLuis Enrique De La Villa Gil
CargoCatedrático Emérito de Derecho del Trabajo y Seguridad Social Universidad Autónoma de Madrid Director del Bufete De la Villa
Páginas11-28
Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum nº Extraordinario (2021)
Selección de Sentencias ISSN: 2386-7191 ISSNe: 2387-0370
In memoriam Aurelio Desdentado Bonete, descansa en paz
In memoriam Aurelio Desdentado Bonete, rest in peace
LUIS ENRIQUE DE LA VILLA GIL
Catedrático Emérito de Derecho del Trabajo y Seguridad Social
Universidad Autónoma de Madrid
Director del Bufete De la Villa
Cita sugerida: DE LA VILLA GIL, L.E..; "In memoriam Aurelio Desdentado Bonete, descansa en paz". Revista de
Derecho de la Seguridad Social, Laborum. Extraordinario 2021: 11-28.
Honesto e inteligente,
riguroso y progresista,
sobrio pero vitalista
erudito y diligente.
Virtudes en ramillete
de excepcional abogado,
era Aurelio Desdentado
el cuerpo de aquel Bufete.
1. LA CARRERA DE AURELIO DESDENTADO BONETE
1. En lo que conozco, la carrera profesional de Aurelio comienza en 1967 cuando ga na
las oposiciones a Técnicos de Administración Civil del Estado. Es entonces cuando, como
funcionario en prácticas, realiza éstas en la Escuela Nacional de Administración Pública
(ENAP), en la que yo era Profesor Numerario de Administración Laboral. Había elegido
Aurelio como pri mer destino el Ministerio de Trabajo el mejor nombre de las varias docenas
que el Departamento ha tenido y sigue recibiendo según la facundia del político de turno y
siendo así era yo el encargado de impartir a los funcionarios con destino a ese Ministerio un
cursillo relativo a las singularidades de tan relevante sector de la Administración Pública.
Precisamente en ese mismo año había publicado yo un libro titulado Administración
Laboral y de Seguridad Social
1
, programado para desarrollar cursos generales y especiales
dedicados a los funcionarios públicos que realizaban en la Escuela actividades de “formación y
perfeccionamiento”, a cuyo propósito ofrecía un extenso catálogo de temas aglutinados no en
torno al concepto del trabajador, o del contrato de trabajo, sino de la total actividad del Estado en
el mundo del trabajo, siguiendo de cerca la construcción de Wolfgang Siebert
2
. Cinco eran las
divisiones de este programa
3
, destinadas a familiarizar a los nuevos funcionarios con las
* Inicialmente publicado en la Revista General de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, 59, correspondiente
al mes de julio de 2021.
1
Editado por la propia ENAP, 8 de la Serie Cursos de Administración, 167 páginas, dedicado al p rofesor
Eugenio Pérez Botija, primer laboralista español en utilizar el concepto de Administración Laboral entendemos
por Administración Laboral decía el maestro el conjunto de servicios públicos relacionados con el trabajo y
con la protección de los trabajadores, apud, Curso de Derecho del Trabajo (Técnos), ed. 1960, p. 337.
2
“der gesamten Tätigkeit des Staates in der Ordnung der Arbeit”, apud, Die Entwicklung der staatlichen
Arbeitsverwaltung (Darmstadt), 1943, p. 7.
3
I. Teoría del intervencionismo y sus formas, II. Estudio del trabajo como institución central del Estado del
bienestar, III. La regulación jurídica de los diversos supuestos en que se realiza una actividad como medio de vida,
(…)
Revista de Derecho de la Seguridad Social. LABORUM Extraordinario 2021
12
competencias y las actuaciones del Ministerio al que pronto se iban a incorporar. Y como
directriz metodológica se trataba de fomentar la intervención activa de los alumnos … “bien a
través de la puesta en práctica del método de casos, bien a través de la realización de trabajos
prácticos, generalmente en forma de Memorias, bien por último a través de sesiones íntegramente
coloquiadas sobre un supuesto previo de debate”
4
. La naturaleza de la institución docente en el
que se desarrollaban los cursos obligaba a aplicar métodos distintos a los seguidos en la
Universidad para la enseñanza del Derecho del Trabajo.
La realidad fue q ue para los cuatro funcionarios que, junto a Aurelio, iban d estinados al
Ministerio de Trabajo, organicé unas sesiones de casos prác ticos para su discusión en clase
durante las dos horas programadas, tiempo que se favorecía por el escaso número de personas
que interveníamos en el debate. Lógicamente los supuestos reales, suficientemente complejos,
se entregaban con varios días de antelación, facilitando referencias básicas de orden legal,
jurisprudencial/judicial y doctrinal, advirtiendo que no se buscaba una solución única ni
predeterminada, pues esos casos no suelen tener ese tipo de soluciones co mo no la tiene nunca
la vida, por lo que no se trataba de acertar sino de “dialogar, argumentar y discutir”, que en
eso consiste la dialéctica. Y he de reconocer que no he dejado nunca de sorprenderme por la
implicación de todos ellos en esta enseñanza que valoraron co mo “entretenida y jugosa” así
consta en unas viejas notas, conservadas de ntro del libro de referencia porque en ella hubo di-
versión, requisito imprescindible, creo, del éxito de cualquier actividad docente.
Dicho cuanto precede para situar al lector y llevarle al terreno que aquí interesa, he de
añadir que desde el inicio de estas prácticas Aurelio desempeñó un papel estelar. Primero
porque su conocimiento del Derecho del Trab ajo era muy superior al nivel que generalmente
aportaban los funcionarios en estas actividades p ost universitarias. Segundo por su gallardía
para meterle el diente a cualquier supuesto teórico que se le propusiera, hasta el punto que de
hecho no había allí un profesor y cinco alumnos sino dos profesores y cuatro alumnos, con el
mayor respeto para la capacidad y habilidades de todo s ellos. En todo caso ese mutuo
conocimiento debió ser el origen de nuestro afecto y de la también mutua c uriosidad por
emprender aventuras de mayor recorrido.
2. En el año 1968, Aurelio actuaba ya como Jefe del Negociado de Normas de la
Dirección General de Seguridad Social, en el Ministerio de Trabajo. Seguía yo en la Escuela y
hasta allí llegó la anécdota que me decido a recordar y que explica el motivo por el que Aurelio
desempeñara ese puesto bajo la jerarquía de Alberto de Pereda Ma teos, un sabio funcionario
conocedor de los entresijos y r ecovecos más o cultos del naciente sistema nacional de
Seguridad social. Pero ese vínculo administrativo entre Pereda y Aurelio que con el tie mpo se
IV. Órganos competentes ante el ejercicio del trabajo como actividad profesional y V. Procedimientos establecidos
para la defensa y garantía de los derechos nacidos del trabajo.
4
Cfr. Administración laboral y de Seguridad Social, cit, p. 72. Atribuyo especial importancia a los dos libros
publicados por la ENAP con los trabajos realizados por los funcionarios en prácticas durante su estancia en la
Escuela, b ajo mi dirección. El primero fue el titulado Estudios de Administración Laboral (ENAP, Colección
Alcalá, 1966, 235 pp, dedicado al Cuerpo Técnico de Administración Civil), con las colaboraciones originales de
los funcionarios en prácticas José Javier Álvarez Sanvicente, Alfonso Caldevilla Gómez, Francisco Delgado
Gutiérrez, Begoña de Goyarrola López, Carlos López-Monís de Cavo, Ángel Fernando Mayo Antoñanzas y José
Antonio Ucelay de Montero, precedidas de mi Estudio Preliminar. El segundo fue el titulado La Seguridad social
en la Administración Institucional (ENAP, Colección Alcalá, 1968, 686 pp, dedicado al Cuerpo Técnico-
Administrativo del Mutualismo Laboral), con las colaboraciones originales de los funcionarios en prácticas
Higinio Martínez Fernández de la Vega, Roberto M ilara Jordana, Luis Pérez Corral, Pedro Hernández Gascón,
José Antonio Martínez Gutiérrez, María del Carmen Tuda Vega, Paulino Jiménez Moreno, Carlos Solinis Laredo,
Crispina Martín Lucía, Luis Valiño Freire, Alfonso Cerdán Gómez, Alfonso Díez Íñiguez, Primitivo Barba
Salvador, Alberto Sendín Blázquez, María del Carmen Martínez Guardia y Domingo Andrés Sánchez Navarro,
con mi Estudio Preliminar.

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