STSJ Galicia , 7 de Febrero de 2001

PonenteENRIQUE GARCIA LLOVET
ECLIES:TSJGAL:2001:984
Número de Recurso1598/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

01 /0001598 /1998 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguientes S E N T E N C I A Nº 112 2001 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.

D. ENRIQUE GARCIA LLOVET.

En la Ciudad de A Coruña, a siete de febrero de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0001598 /1998, pende de resolución de esta sala, interpuesto por Cecilia , Funcionaria, que actúa en su propio nombre y derecho, contra Resolución del Director Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social en A Coruña; sobre denegación devolución de cuotas para capital seguro de vida de la MUNPAL (EXPTE. 15 -01 -9800291). Es parte como demandada DIRECTOR PROVINCIAL TESORERIA SEGURIDAD SOCIAL A CORUÑA, representada y dirigida por el LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: La parte recurrente alega que habiendo estado afiliado a la mutualidad de Previsión de la Administración Local, abonando las cuotas correspondientes a las prestaciones básicas y las complementarias, entre ellas la correspondiente al capital seguro de vida. - La parte recurrente solicitó de la Tesorería Territorial de la S. Social la devolución de las cuotas indebidamente satisfechas que correspondían el concepto de capital seguro de vida a la MUNPAL, desde el momento de la afiliación hasta el día 1 de abril de 1993. - La Tesorería de la Seguridad resolvió desestimar dicha petición. - Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia por la que se reconozca el derecho de la parte recurrente a que se le reintegre la parte de las cuotas en su día abonadas al MUNPAL para cubrir la prestación complementaria de capital seguro de vida.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda al LETRADO DE LA S. SOCIAL, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Declarado concluso el debate escrito se dejan las actuaciones sobre la mesa para resolver.

Que: Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON ENRIQUE GARCIA LLOVET.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La parte recurrente impugna en esta vía jurisdiccional las resoluciones de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en La Coruña, desestimatoria de recurso ordinario planteado contra otra de la Administración de la Seguridad Social en la misma ciudad, por la que se desestima petición suscrita por el actor relativa a la devolución de las cotizaciones efectuadas a la MUNPAL en concepto de Capital Seguro de Vida.

SEGUNDO

La recurrente, funcionaria del Ayuntamiento de La Coruña, perteneció, desde su ingreso, a la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local (MUNPAL), abonando sin solución de continuidad la cuota mensual reglamentaria La parte recurrente, teniendo en cuenta que por Real Decreto 480/1993, de 2 de abril, se produjo la integración de la MUNPAL en el Régimen General de la Seguridad Social, asumiendo el INSS los derechos y obligaciones de la desaparecida Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local, solicitó del...

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