STSJ Murcia , 17 de Octubre de 2002

PonenteABEL ANGEL SAEZ DOMENECH
ECLIES:TSJMU:2002:2493
Número de Recurso1300/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

1 Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº. 1300/99 SENTENCIA nº. 866/02 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº. 866/02 En Murcia a diecisiete de octubre de dos mil dos. En el recurso contencioso administrativo nº. 1300/99 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 113.177 ptas., y referido a: Liquidación provisional en Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al ejercicio 1994.

Parte demandante:

D. Alvaro , representado por el Procurado D. Luis Tomás Hernández Prieto y defendido por el Abogado D. Fulgencio Pina Meseguer.

Parte demandada:

La Administración Civil del Estado representada y defendido por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado:

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 23 de diciembre de 1998 desestimatoria de la reclamación económico administrativa 30/255/98 presentada contra la liquidación provisional girada por Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación de Murcia de la A.E.A.T., en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio de 1994, determinando una deuda tributaria a ingresar de 94.314 ptas. (incluidos intereses de demora), como consecuencia de no haber aceptado la deducción de la base imponible practicada en su declaración de 240.000 ptas. abonadas en concepto de pensión compensatoria satisfecha al cónyuge del que se encuentra separado.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se tenga por deducida demanda contra la resolución de 23 de diciembre de 1998 dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo (sic) de la Región de Murcia, en reclamación formulada contra la resolución de la Agencia Tributaria de 7 de enero de 1998, por la que se declare nulo el acto recurrido y el apremio iniciado pues el aplazamiento y fraccionamiento de la deuda tributaria del IRPF de 1994 solicitada por el aquí recurrente, al concedérsele, lo fue a pesar del afianzamiento ya dado, con la obligación de ingresar la totalidad de los plazos concedidos, cuando estos estaban ya totalmente vencidos, dictándose sentencia por la que así se declare y se le concedan al recurrente los plazos y fraccionamientos solicitados efectivos en el pago de la deuda liquidada, con los intereses efectivos que le correspondan al tiempo en que aquéllos se dieran a contar desde que la misma sea firme Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 13-5-99 y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba con el resultado que consta en autos y cuya valoración se hará en los fundamentos jurídicos de la presente resolución y después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 4-10- 02.

II.-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por tener interés para el examen de las cuestiones que se discuten, y resultantes del expediente administrativo y de la prueba practicada, se destacan los siguientes antecedentes:

1) El actor presentó...

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