STSJ Murcia 221/2007, 16 de Marzo de 2007
Ponente | JOAQUIN MORENO GRAU |
ECLI | ES:TSJMU:2007:1420 |
Número de Recurso | 2422/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 221/2007 |
Fecha de Resolución | 16 de Marzo de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA nº 221/07
En Murcia a dieciséis de Marzo de dos mil siete.
En el recurso contencioso administrativo nº 2.422/03 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: procedimiento recaudatorio (sucesión de empresa).
Parte demandante: "Antonio Marín Ramos, S.L." representada por el Procurador D. Francisco Javier Berenguer López y defendida por el Letrado Don Joaquín Ortega Martínez.
Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.
Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 25 de abril de 2003 que desestimaba la reclamación nº 30/4299/01 planteada por el recurrente contra acuerdo de 23 de octubre de 2.001 de la Dependencia de Recaudación de la Delegación de Murcia de la AEAT, que acordaba requerir a la actora para el pago en voluntaria de las liquidaciones derivadas de actasde conformidad instruidas a D. Germán en concepto de IVA de los ejercicos 1.986, 1.987 y 1.988.
Pretensión deducida en la demanda: Se declare la nulidad de la resolución del T.E.A.R. impugnada y el acuerdo de que trae causa. Con costas.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.
El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 31 de julio de 2.003 y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.
La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.
Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.
Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 2 de marzo de 2.007.
Se recurre en este procedimiento la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 25 de abril de 2003 que desestimaba la reclamación nº 30/4299/01 planteada por el recurrente contra acuerdo de 23 de octubre de 2.001 de la Dependencia de Recaudación de la Delegación de Murcia de la AEAT, que acordaba requerir a la actora para el pago en voluntaria de las liquidaciones derivadas de actas de conformidad instruidas a D. Germán en concepto de IVA de los ejercicos 1.986, 1.987 y 1.988
ºLa actuación administrativa impugnada es consecuencia de la sentencia dictada por la Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional de 30 de marzo de 2.001 que estimó en parte el recurso presentado contra...
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