STSJ Castilla y León 729/2007, 24 de Abril de 2007
Ponente | ANA MARIA VICTORIA MARTINEZ OLALLA |
ECLI | ES:TSJCL:2007:3160 |
Número de Recurso | 1689/2001 |
Número de Resolución | 729/2007 |
Fecha de Resolución | 24 de Abril de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 729
ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE SECCIÓN:
DOÑA ANA MARTÍNEZ OLALLA
MAGISTRADOS:DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ
DON RAMÓN SASTRE LEGIDO
En Valladolid, a veinticuatro de abril de dos mil siete
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:
La Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León, de 14 de junio de dos mil uno, que desestima la reclamación nº NUM000 interpuesta contra el acuerdo de comprobación de valores dictado por el Jefe de Sección de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados del Servicio de Hacienda de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en León y la liquidación complementaria consecuencia del mismo, recaídos en el ámbito del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en el expediente núm. NUM001 ..
Son partes en dicho recurso:
Como recurrente: CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD, representada por el Procurador Sr. Gallego Brizuela bajo la dirección del Letrado Sr. Ortiz de Lanzagorta Álvarez.
Como demandada: LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por la Abogacía del Estado.
Como codemandada: LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, representada y defendida por Letrado de sus servicios jurídicos.
Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña ANA MARTÍNEZ OLALLA.
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se estime el recurso y se anulen las resoluciones recurridas, así como los actos administrativos de que traen causa, condenando a devolver las cantidades ingresadas indebidamente con el interés legal correspondiente y con imposición de costas a la Administración demandada.
En el escrito de contestación de la parte demandada y codemandada, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso condenado al pago de las costas a la parte actora.
Presentado por las partes escrito de conclusiones, se declararon conclusos los presentes autos. Se señaló para votación y fallo el día 17 de abril de 2007.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales esenciales.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo por la representación procesal de Caja de España Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, la Resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Castilla y León, de 14 de junio de dos mil uno, que desestima la reclamación nº NUM000 interpuesta contra el acuerdo de comprobación de valores dictado por el Jefe de Sección de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados del Servicio de Hacienda de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en León y la liquidación complementaria consecuencia del mismo, recaídos en el ámbito del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en el expediente núm. NUM001 .
Para la resolución de este proceso han de destacarse los siguientes datos que resultan de la documentación obrante:
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En escritura pública de 18 de noviembre de 1994, obrante en el expediente, la aquí demandante procedió a la parcelación de una finca rústica de su propiedad sita a la altura del km. 2 de la carretera de Santa Olaja, en el paraje Senda los Nogales , practicando autoliquidación por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, declarando una base imponible de 25.000.000 pts, resultando una deuda a ingresar de 125.000 pts.
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Por el técnico del Servicio de Hacienda de la Delegación Territorial de la Junta en León se emitió informe, que consta en el expediente, en el que se valora el bien de que se trata por un importe total de
90.144.213 pesetas.
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Por acuerdo del Jefe de Sección de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados del Servicio de Hacienda de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en León se fijó como valor comprobado de los bienes a los que se refiere la...
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