STSJ Castilla-La Mancha 163/2008, 25 de Abril de 2008

PonenteRAQUEL IRANZO PRADES
ECLIES:TSJCLM:2008:654
Número de Recurso372/2004
Número de Resolución163/2008
Fecha de Resolución25 de Abril de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 163/08

SALA DE LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.

Iltmos. Sres.:

Presidenta:

Dª. Raquel Iranzo Prades

Magistrados:

D. Jaime Lozano Ibáñez

D.Miguel Ángel Pérez Yuste

En Albacete, a veinticinco de abril de dos mil ocho.

Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes

autos número 372 de 2004 del recurso contencioso administrativo seguido a instancia de la entidad ACH PANELES, AIE,

representada por la procuradora Ana Gómez Ibáñez y dirigida por la letrada Margarita Rabadán España contra resoluciónes del

Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla La Mancha y Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, que han

estado representados por el Abogado del Estado y por el sr. Letrado de la Junta de Comunidades deCastilla La Mancha,

respectivamente, sobre Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentacos; siendo Ponente la Ilma. Sra. Presidenta de la Sección

Doña Raquel Iranzo Prades; y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la entidad ACH PANELES, AIE se interpuso en fecha 17 de mayo de 2004 recurso contencioso administrativo contra la resolución del T.E.A.R. de Castilla La Mancha de 23 de marzo de 2004 recaída en reclamación 19-313.02. Formalizada demanda, tras los hechos y fundamentos jurídicos en ella contenidos se suplicó sentencia por la que anule la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla La Mancha recurrida, anulando la liquidación practicada y declarando exento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados el aumento de capital formalizado en ACH Paneles AIE el 12 de junio de 2000, condenando en costas a la Administración.

SEGUNDO

Contestada la demanda por el Abogado del Estado, después de las alegaciones vertidas se suplicó sentencia desestimatoria del recurso con imposición de costas a la recurrente.

TERCERO

La Junta de Comunidades de Castilla La Mancha contestó a la demanda oponiéndose a la misma e interesando la desestimación del recurso.

CUARTO

No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba ni la formulación de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 24 de abril de 2008, fecha en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre la resolución del T.E.A.R. de Castilla La Mancha que desestima la reclamación económico administrativa deducida por la interesada contra la resolución de fecha 3 de junio de 2002 dictada por los Servicios Provinciales en Guadalajara de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha que desestimaba el recurso de reposición número 27/02, interpuesto contra la liquidación número 6646/00, por la ampliación de capital elevada a escritura pública otorgada el 12 de junio de 2000, y girada por el concepto de operaciones societarias, e importe de 14.000 euros, más intereses de demora.

La sociedad actora sostuvo en vía administrativa, y sostiene en la jurisdiccional, que la operación gravada estaba exenta del impuesto al amparo del art. 25-1 de la Ley 12/1991 de 29 de abril, de Agrupaciones del Interés Económico , cuestionando en el recurso los argumentos esgrimidos por el T.E.A.R. de Castilla La Mancha para rechazar su pretensión en la resolución recurrida.

SEGUNDO

Para centrar el objeto del debate, no debe perderse de vista tres cosas que por ser obvias no parece conveniente dejar de recordar: la primera es que la operación liquidada exenta por la parte actora era una ampliación de...

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