STSJ Castilla y León , 4 de Marzo de 2005

PonenteVALENTIN JESUS VARONA GUTIERREZ
ECLIES:TSJCL:2005:1088
Número de Recurso342/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA En la Ciudad de Burgos a cuatro de marzo de dos mil cinco.

En el recurso contencioso administrativo numero 342/03 interpuesto por Don Manuel representado por la Procuradora Doña Elena Cobo de Guzmán Pisón y defendido por el Letrado Don Pedro Pablo Gómez Albarrán contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León, Sala de Burgos, de 27 de marzo de 2003 por la que se desestima la reclamación económico-administrativa seguida con el nº 5/16/02 contra la liquidación complementaria nº

NUM001 practicada por la Delegación Territorial de Avila de la Junta de Castilla y León , por la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas con un importe a ingresar de 2475,73 euros; habiendo comparecido como parte demandada la Comunidad Autónoma de Castilla y León representada y defendida por el Letrado de dicha Comunidad Don Mariano Nieto Echevarria

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso administrativo ante esta Sala el día 2 de junio de 2003.

Admitido a trámite el recurso se dio al mismo la publicidad legal, se reclamó el expediente administrativo; recibido, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 9 de octubre de 2003 que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que estimando integramente el presente recurso se declare no conforme a derecho la resolución objeto del mismo declarando la prescripción del derecho a liquidar el impuesto. .

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por termino legal a la parte demandada quien contestó a la demanda a medio de escrito de 20 de enero de 2004 oponiéndose al recurso solicitando la desestimación del mismo en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Una vez dictado Auto de fijación de cuantía, y recibido el recurso contencioso administrativo a prueba, se practicaron las declaradas pertinentes con el resultado que obra en autos y tras la presentación de conclusiones escritas, quedaron los autos conclusos para sentencia, y no pudiéndose dictar ésta en el plazo de diez días previsto en el art. 67.1 de la Ley 29/98 , al existir recursos pendientes de señalamiento para Votación y Fallo con preferencia, y puesto que el art. 64.3 de la misma Ley , establece que tal señalamiento se ajustará al orden expresado en el apartado 1 del artículo anterior y existiendo en la Sala recursos conclusos de fecha anterior, y por tanto con preferencia para efectuar su señalamiento al de este recurso, quedaron los autos pendientes de señalamiento de día para Votación y Fallo, para cuando por orden de declaración de conclusos correspondiese, habiéndose señalado el día 3 de marzo de 2005 para votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones legales en la tramitación de este recurso.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León, Sala de Burgos, de 27 de marzo de 2003 por la que se desestima la reclamación económico-administrativa seguida con el nº 5/16/02 contra la liquidación complementaria nº NUM001 practicada por la Delegación Territorial de Ávila de la Junta de Castilla y León...

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