STSJ Murcia , 26 de Mayo de 2004
Ponente | JOAQUIN MORENO GRAU |
ECLI | ES:TSJMU:2004:1126 |
Número de Recurso | 341/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 26 de Mayo de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
4 RECURSO nº 341/01 SENTENCIA nº 319/04.
LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:
Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 319/04.
En Murcia a veintiséis de Mayo de dos mil cuatro.
En el recurso contencioso administrativo nº 341/01, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Parte demandante: Don Paulino representado por la Procurador Dña Rosario García Mascarall y defendido por el Letrado Don Javier Romero Gómez.
Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.
Acto administrativo impugnado: Resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 27 de junio y 26 de julio de 2000 que desestimaba y estimaba en parte, respectivamente, las reclamaciones nº 51/46/99 y 51/222/99 planteadas por el recurrente contra la liquidación girada por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los periodos impositivos 1987, 1988 y 1999, la primera; y contra resoluciones desestimatorias de recursos de reposición interpuestos contra providencias de apremio emitidas por la Dependencia de Recaudación de la AEAT de Cartagena, la segunda.
Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia por la que se dejen sin efecto las resoluciones recurridas por el principal e intereses de demora reclamados y, subsidiariamente, la sanción impuesta.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.
El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 16 de febrero de 2000 y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.
La parte demandada y codemandada se han opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.
Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.
Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 14 de mayo de 2004.
El acto impugnado sobre el que se centra la discusión principal de este pleito es la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 27 de junio de 2000 que desestimaba la reclamación nº 51/46/98 planteada por el recurrente contra la liquidación girada por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación a los periodos impositivos 1987, 1988 y 1989 como consecuencia de...
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