STSJ Comunidad Valenciana , 20 de Enero de 2005

PonenteJOSEFINA SELMA CALPE
ECLIES:TSJCV:2005:262
Número de Recurso98/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

Rº núm.: 98/2002 S E N T E N C I A N º 55 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Iltmos. Sres.:

Presidente D. JOSÉ DÍAZ DELGADO Magistrados D.AGUSTIN GOMEZ MORENO MORA Dª JOSEFINA SELMA CALPE En Valencia, a veinte de enero de dos mil cinco.

Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm.98/02, promovido por la Procuradora Dª. Mª Asunción Garcia de la Cuadra Rubio en nombre y representación de D. Rogelio contra la resolución del TEAR de Valencia de 28 de septiembre de 2001 que desestima la reclamación nº

46/8610/98 deducida contra la liquidación provisional practicada por la Administración de Guillem de Castro, Delegación en Valencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, relativa al IRPF del ejercicio 1995 por importe de 407.059 pts, habiendo sido parte en autos la Administración demandada representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, y unidas todas las practicadas, se declaró concluso el recurso, quedando los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señala la votación para el día nueve de mayo de dos mil tres, habiendo quedado suspendido el plazo para dictar sentencia por Providencia del mismo día acordando la práctica de diligencia para mejor proveer.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma Sra. Dª.JOSEFINA SELMA CALPE

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra la resolución del TEAR de Valencia de 28 de septiembre de 2001 que desestima la reclamación nº 46/8610/98 deducida contra la liquidación provisional practicada por la Administración de Guillem de Castro, Delegación en Valencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, relativa al IRPF del ejercicio 1995 por importe de 407.059 pts.

SEGUNDO

El actor había presentado autoliquidación relativa al concepto y periodo indicados, consignando cantidades a deducir en concepto de alquiler de vivienda habitual y adquisición de vivienda habitual, resultando del expediente administrativo que el actor fue requerido para aportar la "justificación de la deducción por alquiler de vivienda habitual aportando contrato de alquiler y justificante de las cantidades abonadas". En respuesta a tal requerimiento el actor aportó el contrato de arrendamiento suscrito el 8 de agosto de 1994 relativo a la vivienda y plaza de aparcamiento sitas en c/ DIRECCION000 , nº NUM000 de Valencia, siendo la vivienda la señalada con el nº NUM001 , así como los justificantes del pago del alquiler.

Con posterioridad la Administración formula propuesta de liquidación, dando plazo para alegaciones, en la que indicaba que se ha observado "que ha practicado deducciones de la cuota íntegra en...

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