STSJ Murcia 431/2005, 31 de Mayo de 2005

PonenteABEL ANGEL SAEZ DOMENECH
ECLIES:TSJMU:2005:1920
Número de Recurso789/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución431/2005
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 431/05

En Murcia a treinta y uno de mayo de dos mil cinco.

En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº. 789/02, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: cambio de titularidad catastral.

Parte demandante:

Dª. María del Pilar , representada por la Procuradora Dª. María Belda González y dirigida por el Letrado D. Pompili Roiger Juny.

Parte demandada:

LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado:Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de fecha 28 de diciembre de 2001, desestimatoria de la reclamación económico administrativa nº. 51/119/01, interpuesta contra la resolución de la Gerencia Territorial del Catastro de Cartagena dictada en el expediente 2769.6/00, que, desestimando el recurso de reposición interpuesto contra la resolución adoptada en el expediente 21656.06/99, deniega la solicitud de cambio de titularidad catastral de la finca con número de referencia catastral NUM000 , sita en la CALLE000 NUM001 de Cartagena (barrio de la Concepción).

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia por la cual se declare la nulidad del expediente administrativo de referencia, se estime el recurso y se revoque y deje sin efecto el acto objeto de recurso, con expresa imposición de las costas a la Administración demandada.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 9-5-2002, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 27-5-05.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La cuestión litigiosa planteada en el presente recurso contencioso administrativo consiste en determinar si la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia impugnada es conforme a derecho en cuanto desestima la reclamación económico administrativa interpuesta contra la resolución de la Gerencia Territorial del Catastro de Cartagena que desestimando el recurso de reposición formulado, deniega la solicitud formulada por la actora de inscripción catastral de la finca con número de referencia catastral NUM000 a su nombre, manteniendo la inscripción a nombre de D. Inocencio .

Afirma la actora, en síntesis, que no pretende que se le reconozcan derecho dominicales sobre la finca en cuestión, sino que se inscriba en el Catastro la finca referida su nombre, al haber demostrado sin genero de dudas tanto su superficie de 71 áreas y 97 centiáreas, como su ubicación y lindes, mediante un informe emitido por el Ingeniero Técnico Agrícola (D. Cornelio ), así como que es su propietaria y figura a su nombre en el Registro de la Propiedad de Cartagena en el tomo NUM002 de la tercera sección, folio NUM003 (número de finca registral NUM004 ), aportando las escrituras públicas acreditativas de las sucesivas transmisiones de la misma hasta que fue adquirida por la actora por escritura pública de compraventa de...

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