STSJ Canarias , 5 de Enero de 2001

PonenteCESAR JOSE GARCIA OTERO
ECLIES:TSJICAN:2001:18
Número de Recurso883/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA.- SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.- LAS PALMAS.

Ref: RCA n° 883/97.- S E N T E N C I A Nº 50/2001 Ilmos Sres Presidente:DonJesús José Suarez Tejera.- Magistrados Don César José García Otero.- DonManuel López Miguel.- En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a cinco de enero del año dos mil uno.- Visto, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, el presente recurso n 883/97, seguido por el procedimiento ordinario; en el que son partes: como recurrente, don Armando , representado y defendido por el Letrado don Alejandro Falcón Domínguez; y, como Administración demandada, el M.I. Ayuntamiento de Telde, representado por el Procurador don Gerardo Pérez Almeida y defendido por el Letrado don Juan Rodríguez Drincourt; versando sobre exención del Impuesto de Bienes Inmuebles, siendo la cuantia inferior a cien mil pesetas.- I.- A N T E C E D E N T E S - PRIMERO.- Por Decreto de la Alcaldía del M.I Ayuntamiento de Telde de fecha 30 de diciembre de 1.996, se desestimó el recurso de reposición formulado por don Armando en solicitud de exención del Impuesto de Bienes Inmuebles respecto de la vivienda de m su propiedad sita en la calle DIRECCION000 Núm NUM000 -A- NUM000 del Conjunto Histórico de San Juan de Telde en dicha población.- SEGUNDO.- Contra dicha resolución se interpuso recurso contencioso-administrativo por el Letrado don Alejandro Falcón Domínguez en nombre y representación de don Armando .- TERCERO.- En momento se formuló la correspondiente demanda en la que se pedía la estimación del recurso y anulación de los actos recurridos, con reconocimiento del derecho del actor a que el bien inmueble de su propiedad, ubicado dentro del perímetro del Conjunto Histórico de San Juan, se declare exento del pago del impuesto sobre bienes inmuebles al reunir todos los requisitos exigidos legalmente para gozar de dicho beneficio fiscal.- CUARTO Por su parte, la Administración demandada se opuso al recurso pidiendo su desestimación.- QUINTO Finalizado el período probatorio, se dio traslado a las partes para conclusiones, tras lo cual se trajeron las actuaciones a la vista para resolver con señalamiento del cinco de enero del año en curso para deliberación, votación y Fallo.- Fueponente el Ilmo Sr Magistrado don César José García Otero que expresa el parecer unánime de la Sala.-

F U N D A M E N T O SJ U R I D I C O S
PRIMERO

El objeto del recurso es la pretensión de nulidad del Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Telde que desestimó el...

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