STSJ La Rioja , 24 de Febrero de 2000

PonenteVALENTIN DE LA IGLESIA DUARTE
ECLIES:TSJLR:2000:159
Número de Recurso3/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

En Logroño, a veinticuatro de febrero de dos mil. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Magistrados Ilmos. Srs. D. Valentín de la Iglesia Duarte, que la presiden, los Magistrados Ilmos. Srs. D. Jesús Miguel Escanilla Pallas y D. José Luis Díaz Roldán, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Ilmo. Sr. D/ña. Valentín de la Iglesia Duarte, la siguiente:

SENTENCIA DE APELACION NÚM. (4)

Vistos los autos correspondientes al RECURSO DE APELACION substanciado ante esta Sala bajo el rollo de apelación número 3/2000 contra la sentencia nº 118, de 19 de noviembre de 1999 , dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo, en el recurso contencioso-administrativo nº 209/99- A, interpuesto por la Procuradora Dª Mª Luisa Bujanda Bujanda en representación de la empresa DISTRIBUCIONES DE ALIMENTACIÓN PARA GRANDES EMPRESAS, siendo defendida por la Letrada Dª. Mª. Elena Goñi Granuzas, y siendo apelado el AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO representado por la Procuradora Dª. Mª.

Teresa León Ortega.

I/

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño recurso contencioso-administrativo contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Logroño, de 24 de Marzo de 1999, desestimatoria, a su vez, del recurso de reposición interpuesto contra las liquidaciones NºS 97/24596, 97/24633, 97/24600 y 97/24635 del Impuesto sobre Actividades Económicas, en fecha 19 de noviembre, se dictó la sentencia nº 118, cuyo Fallo es del siguiente tenor literal "Que debiendo desestimar como desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora Dña. María Luisa Bujanda Bujanda, en nombre y representación de "DISTRIBUIDORES DE ALIMENTACION PARA GRANDES EMPRESAS, S. A.", frente a la Resolución de la Alcaldía de Logroño número 2122/99, de fecha 24 de marzo de 1999, debo declarar y declaro la misma conforme a derecho, confirmando la misma. Todo ello, sin hacer expresa imposición en las costas causadas en la tramitación de este procedimiento, a ninguna de las partes".

SEGUNDO

Interpuesto frente a ella en tiempo y forma recurso de apelación, y formalizado en todos sus trámites, fueron elevados a esta Sala los autos con el expediente administrativo correspondiente.

TERCERO

Formado el oportuno...

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