STSJ Comunidad Valenciana 698/2007, 2 de Julio de 2007

PonenteMARIA ALICIA MILLAN HERRANDIZ
ECLIES:TSJCV:2007:3806
Número de Recurso1581/2005/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución698/2007
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

698/2007

Procedimiento Ordinario - 001581/2005

N.I.G.: 46250-33-3-2006-0002153

SENTENCIA Nº 698/07

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN 2

Iltmos. Sres:

Presidente

D/Dª MARIANO FERRANDO MARZAL

Magistrados

D/Dª MIGUEL SOLER MARGARIT

D/Dª MARIA ALICIA MILLAN HERRANDIS

En VALENCIA a dos de julio de dos mil siete.

Visto por la Sección 2 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo número 001581/2005, promovido por D. JORGE RAMON CASTELLO NAVARRO, en nombre y representación de Rodolfo, contra el Acuerdo del Ayuntamiento de Villajoyosa de 17 de febrero de 2005, sobre PROGRAMACION DEL SECTOR PP-22, el Ayuntamiento ha estado representado por la Procuradora Dª SARA GIL FURIÓ y, ha comparecido como codemandado MAY PROMOCIONES, S.L. representada por el Procurador D. JORGE TARSILLI LUCAFERRI.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba, se dio traslado a las partes para que presentaran escrito de conclusiones, quedando los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señala la votación para el día 26 de junio del presente año, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo/a Sr/a D/Dª MARIA ALICIA MILLAN HERRANDIS.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El objeto del presente recurso contencioso administrativo lo constituye el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Villajoyosa de 17 de febrero de 2005 por el que:

"1º Acordar la programación por gestión indirecta del Sector PP-22 Secanet 3 para desarrollar la alternativa técnica propuesta por MAY PROMOCIONES, S.L. y designar como Agente Urbanizador a la misma Mercantil.

2º Requerir al Agente Urbanizador para presentar la documentación rectificada de Plan Parcial, ajustadas a las directrices (ordenación y parámetros) que se contienen en el informe técnico (parte que se considera integrante de este Acuerdo) en el plazo de un mes desde la adopción de este Acuerdo de programación.

4º Las cargas de urbanización, en euros y a falta del IVA del programa serán las siguientes..

5º Las indemnizaciones se fijarán en el proyecto de reparcelación, al igual que la fijación de las indemnizaciones por diferencias de adjudicación, que se ajustarán al mínimo posible.

10º Se fija el modo de retribución al urbanizador en suelo, a razón de un porcentaje de intercambio del 52% en el caso general. Caso de optarse por el abono en metálico de las cargas de urbanización, la repercusión media, a falta de ajustes en el cuadro de liquidación provisional, será de 145,97 euro m2, cantidad que no incluye el IVA pero si el incremento del 7% previsto en el art. 71.3 de la LRAU para el caso de sustitución de la modalidad de pago".

SEGUNDO

los argumentos del recurrente para instar la nulidad del Acuerdo impugnado pueden resumirse del siguiente modo.

El Programa de Actuación integrada ha sido aprobado sin la necesaria cobertura del oportuno Plan Parcial. El Acuerdo de programación rechaza la ordenación propuesta por el urbanizador y exige en su parte dispositiva, la presentación de un nuevo Plan Parcial, que entre otras cosas cumpla con las directrices marcadas por los técnicos municipales. En su consecuencia la delimitación de...

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