PROVIDENCIA de 12 de febrero de 2002, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, sobre planteamiento de cuestión de ilegalidad en relación con el apartado 1 del artículo 15 del Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, y modificado por Real Decreto 137/2000, de 4 de febrero.

MarginalBOE-A-2002-4330
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorTribunal Supremo

PROVIDENCIA de 12 de febrero de 2002, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, sobre planteamiento de cuestión de ilegalidad en relación con el apartado 1 del artÃculo 15 del Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de VehÃculos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, y modificado por Real Decreto 137/2000, de 4 de febrero.

En la cuestión de ilegalidad número 449/01, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cádiz, la Sala Tercera (Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha 12 de febrero de 2002, del siguiente tenor:

PROVIDENCIA

'Madrid a doce de febrero de dos mil dos.

Se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cádiz respecto del artÃculo 1 5, apartado 1, del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, que aprueba el Reglamento del Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de VehÃculos a Motor y Seguridad Vial, modificado por Real Decreto 137/2000, de 4 de febrero, en la parte que dice 'Salvo que los órganos administrativos ejerzan su competencia de forma verbal, en cuyo caso el titular de la competencia deberá...

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