DECRETO 43/2000, de 2 de marzo, por el que se declara la Iglesia de San Juan Bautista, en Orejana (Segovia), Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion y Cultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 43/2000, de 2 de marzo, por el que se declara la Iglesia de San Juan Bautista, en Orejana (Segovia), Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

La Iglesia deSan Juan Bautista, en Orejana (Segovia), fue construida durante el siglo XIIy principio del siglo XIII, aunque en el siglo XVIII sufrió importantes transformaciones. Su pórtico constituye uno de los conjuntos escultóricos más ricos del románico segoviano, destacando la interesante iconografía de sus magníficos capiteles.

La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 11 de septiembre de 1998, incoó procedimiento para la declaración de la Iglesia de San Juan Bautista en Orejana (Segovia), como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

Con fecha 29 de marzo de 1999 la Universidad Internacional de SEK informa favorablemente la pretendida declaración.

De conformidad con lo establecido en el Art. 1 y 2 del Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en materia de Patrimonio Histórico en la Comunidad de Castilla y León, el Consejero de Educación y Cultura ha propuesto declarar Bien de Interés Cultural dicho inmueble con la categoría de Monumento, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español, Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el R.D. 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, visto el informe de la Asesoría Jurídica de esa Consejería, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 2 de marzo de 2000

DISPONGO

Artículo 1 º Se declara la Iglesia deSan Juan Bautista, en Orejana (Segovia), Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.
Artículo 2 º Entorno de protección.

El entorno queda delimitado por una línea que recoge las parcelas 5002 y 5001 (a), (b) y (c), así como una franja de 50 m. al margen de la carretera en dirección a...

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